Un juez ha decidido que, si la Fundación Francisco Franco deposita 60.000 euros como garantía, se suspenderá el cambio de calles con nombres franquistas en la capital.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 23 de Madrid ha condicionado la suspensión cautelar del Acuerdo de 4 de mayo de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que
se cambian algunas calles o plazas con nombres franquistas a
un depósito de 60.000 euros como garantía por parte de la
Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF), que había solicitado dicha suspensión.
La fundación recurrió el acuerdo el pasado julio
justificando que el mismo era "ilegal", por no tener amparo en la ley de Memoria Histórica "de marcado contenido ideologizante que se estaba aplicando de forma sectaria y revanchista por muchas administraciones para negar hechos históricos o cambiar el curso de la historia".
También entendían que
se "enaltecía" a los participantes en las represiones del Frente Popular y que suponía, de llevarse a cabo el cambio de nombre de las 52 calles, vías y plazas del callejero propuesto por el equipo de gobierno de Manuel Carmena, "un fortísimo impacto económico para los ciudadanos madrileños superior a los 55 millones de euros".
El auto, fechado a 24 de octubre, acuerda la suspensión del acuerdo de la Junta de Gobierno pero
la condiciona "a la prestación de garantía suficiente en derecho para cubrir la cantidad de 60.000 euros en la que se fija la caución para operar la suspensión".
Por otro lado, se imponen las costas a la Administración demandada (Ayuntamiento de Madrid), que se fijan en 150 euros "por todos los conceptos condicionándolos igualmente a la prestación de la garantía".
Para la Fundación,
es una condición "totalmente desproporcionada" pues se trata de una exigencia a una "entidad sin ánimo de lucro".