La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha decretado libertad con medidas cautelares para el mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, imputado por un delito de sedición. De esta manera, Trapero no ingresará por ahora en prisión, pero sí se le ha retirado el pasaporte y prohibido salir de España, así como se le ha impuesto la obligación de comparecer ante un juzgado cercano cada quince días.
Si bien la Fiscalía este mismo lunes solicitaba para Trapero prisión incondicional por la "inacción" de la policía autonómica a su cargo en cuanto a su obligación de evitar la celebración del referéndum en Cataluña, la juez no ha atendido su petición. El ministerio público basaba su solicitud en que la pena a la que podría enfrentarsede sería de entre 8-15 años de prisión y en que su figura sería clave en el procés independentista.
Aparencia de sedición
Lamela considera, según lo expresa en el auto al que ha tenido acceso Diariocrítico, que no existe aún una "entidad suficiente para presumir la participación del investigado" en el presunto delito de sedición y por tanto no cabe la posibilidad de aplicarle una medida cautelar tan restrictiva y excepcional como es la prisión provisional.
En el auto, la juez recuerda que por ahora lo único que está siendo objeto de investigación hasta el momento son los hechos denunciados por el Ministerio Fiscal referidos a los acontecimientos ocurridos los días 20 y 21 de septiembre en la Sede de la Conselleria de Economía de Barcelona, y por el momento no han sido objeto de ampliación. De esta manera, si bien se tendrá en cuenta lo que ocurrió el 1-O y el papel que pudieron jugar los Mossos en la celebración de la consulta secesionista, ahora mismo no pueden "determinar en este momento nuevas imputaciones".
La causa se centra en estos momentos en las manifestaciones independentistas promovidas por Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Omnium Cultural en lugares donde se estaban llevando a cabo registros policiales en el marco de la investigación judicial para evitar la celebración del referéndum en Cataluña.
En el auto se sostiene que los manifestantes ocasionaron "graves daños" a 3 vehículos de la Guardia Civil y da por hecho que la finalidad inmediata de las protestas era impedir la labor de los funcionarios de la Administración de Justicia y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para conseguir "la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo conscientes de que desarrollaban una actuación al margen de las vías legales impidiendo la aplicación del ordenamiento jurídico en su conjunto y, en particular de la norma fundamental de todos los españoles, la Constitución".
Según el relato de la juez, durante todo el día los agentes de la Guardia Civil que actuaban como policía judicial pidieron de forma reiterada la intervención de los Mossos D'Esquadra para que les prestaran auxilio. Sin embargo, la Intendente responsable del Distrito denegó la ayuda solicitada desde las 9:15 por considerar que no se preveía una "afectación a la seguridad ciudadana" y porque "no parecía una masa violenta".
Al aumentar el número de manifestantes y progresivamente su agresividad, se volvió a solicitar el auxilio de la policía autonómica, pero la Intendente manifestó que no podría separar a los concentrados de la puerta de acceso, ni separarlos de los vehículos donde los agentes alertaron de que había armas.
La propia letrada que practicó junto a los agentes las diligencias de entrada y registro, retenida también en el edificio, habría tenido que llamar expresamente al mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, quien "después de dar determinadas explicaciones, contestó que se daría cumplimiento a la orden de su señoría".
A partir de la medianoche la policía autonómica adoptó las medidas oportunas para evacuar a las personas que estaban en el edificio.
"Estamos ante unos hechos muy graves que revisten los caracteres de un delito de sedición (...) e igualmente existen elementos que vinculan al Sr. Trapero con esta estrategia como es el contenido del documento enfoCAT hallado en el domicilio del Sr. Jove Llado, la pasividad, aun por investigar, que se atribuye a los Mossos D'Esquadra en los hechos acaecidos el día 1 de octubre, o el contenido de las conversaciones obtenidas (...) en las que se vislumbra una actividad de contravigilancia para proteger a determinadas personas frente a posibles actuaciones de la Policía o de la Guardia Civil", asegura la juez en su auto.
No obstante, la juez aprecia que la actuación del Sr. Trapero en los hechos de los días 20 y 21 de septiembre, "no aparece todavía suficientemente perfilada hasta el punto de poderle vincular en este momento a hechos tan graves como los que esos días sucedieron, sin perjuicio de lo que pueda determinarse en una fase más avanzada de la investigación".