12/06/2017@17:52:25
El Reglamento de la Ley de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid contempla la existencia de un registro de animales de compañía. De acuerdo al decreto los ayuntamientos deberán comprobar de modo material que los domicilios cumplen con los requisitos de espacio y salubridad necesarios para tener más de cinco animales de compañía. También se regulan las condiciones de las tiendas de mascotas y se prohíbe expresamente la venta de perros potencialmente peligrosos.