La reforma de la jubilación es un hecho. Sindicatos, empresarios y Gobierno han firmado un acuerdo que, sin cumplir todas las peticiones de cada uno, sí constituyen un pacto de amplia base para la recuperación económica y el mantenimiento del sistema público de pensiones.
Los sindicatos, por un lado, han logrado que
becarios y
madres tengan derecho a cotizar, además de nuevas fórmulas de prejubilación y un cómputo de las pensiones más justo; los empresarios, que se
reduzcan las cotizaciones a la Seguridad Social y cierta flexibilidad en la contratación, tal y como demandaban de forma prioritaria; el Gobierno, apuntalar un sistema de pensiones que amenazaba con
perder su estabilidad debido al envejecimiento paulatino de la población y el retraso en la incorporación al mercado de trabajo. Las tres partes también han tratado de conjugar la estabilidad y la dignidad en la contratación con la supervivencia de las pequeñas y medianas empresas, el 99% del tejido productivo del país.
Así las cosas, la reforma de las pensiones y algunos aspectos novedosas de la reforma laboral quedan en síntesis como sigue, aunque en el documento adjunto (
el texto del acuerdo que se rubrica este miércoles) puede consultar más información acerca del futuro
fondo de capitalización para los trabajadores, las
modalidades de contratación y el impulso a las políticas activas de
empleo y la
formación.
¿CUÁL ES LA EDAD DE JUBILACIÓN?
- La edad de jubilación se retrasa a los
67 años con el objetivo de aproximar la edad de jubilación legal a la real. Con carácter general, el derecho se sitúa entre los 63 y los 67. La prolongación de los 65 a los 67 años se aplicará progresivamente
entre 2013 y 2027, con un ritmo de un mes por año hasta 2018 y de dos meses por año desde 2019 a 2027 (
vea aquí la tabla).
- Se mantiene la situación actual de
jubilación parcial a los 61 años. La cotización será íntegra tanto para relevista (el que asumirá el puesto de trabajo) como para relevado. La cotización respecto a la situación actual se elevará progresivamente durante un período de 15 años.
¿CUÁNTO VOY A COBRAR?
El
periodo de cálculo de la base reguladora de la pensión se amplía de los 15 años actuales a 25. Los trabajadores despedidos podrán aplicarse periodos de cómputo más amplios para evitar perjuicios por la reducción de sus bases de cotización al final de su vida laboral. En caso de existir lagunas de cotización serán completadas siempre de acuerdo dos fórmulas ya establecidas (
Pag. 10 del documento).
¿ME PUEDO JUBILAR ANTES? ¿Y DESPUÉS?

La
jubilación voluntaria será a los 63 años con un mínimo de 33 años de cotización. El trabajador perderá en este caso un 7,5% por año de anticipo sobre la edad ordinaria de jubilación. La actual jubilación a los 64 años desaparece.
Los trabajadores que hayan cotizado 38 años y seis meses se podrán jubilar a los 65 años gracias a un nuevo concepto llamado
'carrera laboral'. Hasta ahora, esa jubilación se establecía con 35 años cotizados, por lo que se establecerá un período transitorio gradual desde 2013 y hasta 2027 (
vea aquí la tabla).
Jubilación en tiempos de crisis: este nuevo concepto permitirá que, a partir de los 61 años, el trabajador con 33 años cotizados pueda jubilarse aplicándose un coeficiente reductor del 7,5% por año que no podrá ser inferior al 33% ni superior al 42% de la base reguladora.
Para quien quiera
prolongar su vida laboral, se establecen nuevos incentivos calculados por cada año adicional trabajado después de la edad en la que el trabajador pudiera acceder a la jubilación, 65 o 67 años según sus años de cotización (
consúltelos en la pag.10 del documento).
El acuerdo contempla la futura creación de un catálogo de profesiones que estudie la aplicación de coeficientes reductores, para trabajadores que en sus puestos cumplan condiciones de mayor
penosidad,
peligrosidad y
siniestralidad que el resto. También, la integración de los trabajadores del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social la revisión de la situación del Régimen Especial de Empleados de Hogar
¿QUÉ VENTAJAS SE RECOGEN PARA LAS MUJERES?
Las mujeres que hayan interrumpido su vida laboral por
nacimiento o
adopción podrán adelantar antes de los 67 años la edad de jubilación en 9 meses por cada hijo, con un máximo de 2 años, siempre que con ese periodo adicional dispongan de una carrera de cotización suficiente para la jubilación plena entre los 65 y los 67 años. También se amplia a tres años el periodo cotizado por excedencia para
cuidado de hijos.
¿Y PARA LOS JÓVENES?
A partir de ahora, trabajar como
becario también cotizará siempre que se haya acabado la carrera y hasta un máximo de dos años. Cuando la reforma entre en vigor, en 2013, se establecerá una aplicación retroactiva que permitirá sumarse a quienes hayan realizado prácticas desde 2009.
Gracias a un nuevo plan aun no cerrado, el Gobierno impulsará el uso del
contrato parcial para integrar a los jóvenes de forma rápida en el mercado laboral. El empresario estará exento de pagar el 100% de las cuotas de la Seguridad Social (el 75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) siempre que contrate a un trabajador durante al menos seis meses y al menos a media jornada. El sueldo irá en función del convenio de cada empresa.
¿QUÉ OCURRIRÁ CON LOS AUTÓNOMOS?
Las bases medias de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos experimentarán un crecimiento al menos similar al de las medias del Régimen General, pero la
subida anual no será de más de un punto porcentual. En su lugar, se debatirán con carácter previo en el marco del diálogo social y no serán aplicables los años en los que las crisis económicas tengan como efectos la pérdida de rentas o empleo en este colectivo.
¿QUÉ PASA CON LA AYUDA DE 400 EUROS?
Aunque este apartado no pertenece a la reforma de las pensiones, dentro de los acuerdos también está el mantenimiento de la ayuda a los parados que hayan agotado las prestaciones. Como estaba previsto, la ayuda de 420 euros para parados se agota el 15 de febrero. En su lugar, el Ministerio de Trabajo la sustituirá por otra de cuantía similar pero destinada únicamente a aquellos que tengan
cargas familiares. A estos se les exigirá además que acudan a programas de formación a fin de facilitar su reinserción en el mercado laboral.