Más control en las obras del nuevo Plan E
Por MDO/E.P.
viernes 06 de noviembre de 2009, 00:00h
Actualizado: 07/11/2009 17:57h
La Delegación del Gobierno en Madrid, la Confederación de Empresarios de Madrid CEIM, la Federación Madrileña de Municipios (FMM) y los sindicatos CC OO y UGT han constituido este viernes la Comisión Informativa para el seguimiento de la ejecución de los proyectos que se acojan al Fondo Estatal de Inversión Local para 2010 (segundo Plan E), que financiará iniciativas municipales en todos los ayuntamientos de la región con un valor de 678 millones de euros.
Los municipios madrileños han dirigido esta inversión a la rehabilitación y mejora de espacios públicos (430 proyectos), a equipamientos y edificios culturales, educativos o deportivos (289) y a infraestructuras de servicios básicos (210). También, 77 proyectos han ido destinados a equipamientos sociales, sanitarios y funerarios; 66 a la conservación del patrimonio histórico y municipal, 57 a la protección del medio ambiente; 55 a promover la movilidad y la seguridad vial; 23 a proyectos de ahorro y eficiencia energética; 22 a la supresión de barreras arquitectónicas, 5 a prevención de incendios; 4 a la promoción del turismo y 3 a promoción industrial
Los ayuntamientos tienen abierto el plazo de presentación de solicitudes durante 3 meses. El proceso se llevará a cabo de forma íntegramente electrónica y se ha dispuesto de una aplicación informática específica al efecto. Una vez presentada la solicitud, los servicios de la Delegación verificarán, en el plazo máximo de 10 días, que los proyectos presentados se ajustan a las condiciones del Fondo. A partir de ahí, en los diez días siguientes, y en todo caso, a partir del 1 de enero de 2010, se emitirá oficialmente la autorización o denegación del proyecto por parte de la Secretaría de Estado. Recibida la autorización, que se publicará en Internet, los ayuntamientos deberán comenzar la licitación de los proyectos antes de un mes.
Acceso electrónico
Los proyectos que se podrán financiar con el Fondo tienen que ser de competencia municipal, de nueva planificación y de ejecución inmediata. Las iniciativas financiables engloban contratos de obras, de suministros para el equipamiento de los edificios e instalaciones financiados por el Fondo -con un límite del 20 por ciento del coste total del proyecto-, para la adquisición de equipos y sistemas de comunicaciones, así como la implantación de sistemas informáticos para impulsar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Se financiarán las iniciativas destinadas a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora y la innovación, como parques empresariales, científicos y tecnológicos, centros de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación. Asimismo, se financiarán las de creación, equipamiento y desarrollo, y de infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico; las de mejora de redes e infraestructuras tecnológicas y de telecomunicación; las de ahorro y la eficiencia energética; la accesibilidad y utilización de energías renovables; las de promoción de movilidad sostenible urbana; y el refuerzo de los modos de transporte menos contaminante y la mejora de la seguridad vial.
Ahorro energético
También se podrán presentar iniciativas destinadas a impulsar ahorro y eficiencia en la gestión de los recursos hídricos; la construcción, adecuación o mejora de la red de abastecimiento de agua potable a domicilio, de saneamiento y de infraestructuras de depuración de aguas residuales; las relacionadas con la gestión y tratamiento de los residuos urbanos con criterios de sostenibilidad; las destinadas a la recuperación y conservación de áreas naturales; y las de prevención y detección de incendios y la limpieza y conservación de las masas forestales, zonas de especial relevancia natural y bosques de ribera.
Por último, podrán acogerse a este fondo proyectos destinados a la construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros educativos; a la adecuación, rehabilitación o mejora de edificios de propiedad municipal para la atención a personas en situación de dependencia; a la construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos; a las de protección y conservación del patrimonio histórico y paisajístico municipal; y las destinadas a la modernización de la Administración municipal mediante el establecimiento de procesos de gestión documental, digitalización y acceso a redes de comunicación de alta velocidad, fijas y móviles.
Cuando se trate de ayuntamientos cuya población no supere los 2.000 habitantes, además podrán realizar contratos que tengan por objeto obras de mejora de las redes viarias y de adecuación, rehabilitación o regeneración de entornos y espacios públicos urbanos.