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Reclamaciones de vuelos: guía para evitar los 3 errores más comunes según expertos
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Reclamaciones de vuelos: guía para evitar los 3 errores más comunes según expertos

Por MDO
martes 31 de marzo de 2026, 09:49h

Tener que reclamar un vuelo retrasado o cancelado puede ser un dolor de cabeza para muchos, sobre todo para aquellos que no están acostumbrados a lidiar con este tipo de incidencias y la burocracia que conllevan a posteriori.

Por supuesto, recurrir a expertos y empresas intermediarias del sector dedicadas a la defensa de los derechos de los viajeros siempre será la opción más recomendada en caso de duda. Por ello, resolvemos a continuación los tres errores y dudas más frecuentes con el asesoramiento y la experiencia de AirHelp, con el objetivo de ayudarte a gestionar con éxito tus reclamaciones de vuelos y que sepas exactamente qué te corresponde en caso de retraso o cancelación.

1. Cuándo puedo reclamar un vuelo retrasado o cancelado

La reclamación de vuelos retrasados y cancelados para recibir la correspondiente indemnización está sujeta a lo indicado en la ley que regula los derechos de los pasajeros en Europa: el Reglamento (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo.

Según esta ley, no todos los vuelos retrasados y cancelados son reclamables. Por eso, los pasajeros deberán conocer los requisitos establecidos en la normativa para poder presentar una reclamación aérea.

Para poder reclamar un vuelo retrasado, es necesario que:

  • Se trate de un «gran retraso», es decir, superior a las tres horas en la llegada al destino.
  • La compañía aérea sea la responsable de las causas que han llevado a retrasar el vuelo.

Por lo que respecta a reclamación de vuelos cancelados, los requisitos son los siguientes:

  • La notificación de la cancelación debe hacerse con menos de catorce días de antelación.
  • La aerolínea debe ser la responsable de las causas por las que deba cancelar un vuelo.
  • Debe haber una diferencia de mínimo dos o tres horas entre el vuelo cancelado y la opción de transporte alternativa ofrecida por la compañía, en función de la distancia del vuelo.

Así las cosas, solo de cumplirse todo lo anterior, los pasajeros podrán reclamar las indemnizaciones pertinentes en cada caso.

2. Qué son las circunstancias extraordinarias

Precisamente para saber cuándo es posible reclamar un vuelo retrasado o cancelado, es importante conocer el término circunstancias extraordinarias, pues en muchas ocasiones la posibilidad de recibir una indemnización dependerá de ellas.

Esto se debe a que, si el vuelo se cancela o retrasa debido a una circunstancia extraordinaria, la compañía aérea no estará obligada a indemnizar a sus pasajeros.

Al respecto de las circunstancias extraordinarias, el reglamento dice que:

«Debe considerarse que concurren circunstancias extraordinarias cuando las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo, en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada, den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo interesado haya hecho todo lo posible por evitar dichos retrasos o cancelaciones».

Las causas que se contemplan como circunstancias extraordinarias son:

  • Situaciones de inestabilidad política, como la actual en Oriente Próximo
  • Condiciones meteorológicas adversas
  • Riesgos para la seguridad
  • Deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo
  • Huelgas ajenas a la compañía aérea

Así, solo será posible reclamar un vuelo cuando la causa sea una distinta a las mencionadas en el listado anterior. Por ejemplo, las causas más comunes que sí pueden reclamarse son las huelgas del propio personal de la aerolínea.

3. Cuánto dinero puedo recibir por la reclamación de un vuelo

De la misma forma que el reglamento europeo establece los requisitos para poder presentar las reclamaciones de vuelos, también indica las cuantías exactas que pueden recibirse en cada caso.

Tanto para los vuelos retrasados como para los cancelados, los importes varían según la distancia del vuelo de la siguiente manera.

Los vuelos retrasados que cumplan lo requerido en la ley pueden ser indemnizados con los siguientes importes:

  • 250 €: Todos los vuelos de 1500 km o menos.
  • 300 €: Los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso de entre tres y cuatro horas.
  • 400 €: Los vuelos de dentro de la Unión Europea de más de 1500 km y los no comunitarios de entre 1500 y 3500 km.
  • 600 €: Los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso superior a las cuatro horas.

En el caso de los vuelos cancelados, los importes son los siguientes:

  • 125 €: Los vuelos de 1500 km o menos con un vuelo alternativo con un retraso de menos de dos horas.
  • 200 €: Los vuelos de dentro de la Unión Europea de más de 1500 km o los de fuera de la Unión Europea de entre 1500 y 3500 km con un vuelo alternativo con un retraso de entre dos y tres horas.
  • 300 €: Los vuelos de fuera de la Unión Europea de más de 3500 km con un vuelo alternativo con un retraso de entre dos y cuatro horas.
  • 400 €: Los vuelos de dentro de la Unión Europea de más de 1500 km o los de fuera de la Unión Europea de entre 1500 y 3500 km con un vuelo alternativo con un retraso de más de tres horas.
  • 600 €: Los vuelos de fuera de la Unión Europea de más de 3500 km con un vuelo retrasado de más de cuatro horas.

Ahora que las dudas más frecuentes han sido resueltas, te será más sencillo poder reclamar un vuelo en el futuro.