Madrid y el resto comunidades y ciudades autónomas presididas por el Partido Popular han remitido una carta conjunta al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la que exigen de nuevo la convocatoria urgente de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente para abordar la situación del lobo. Se trata de una petición que se realiza en virtud del artículo 12 del reglamento de dicho órgano y ante la "negativa" del Ministerio a celebrar una sesión extraordinaria tras su cancelación unilateral.
En la carta, firmada por los titulares de las consejerías con competencias en medio ambiente de Madrid, Castilla y León, Galicia, Andalucía, Murcia, La Rioja, Aragón, Valencia, Cantabria, Extremadura, Baleares, Ceuta y Melilla, se denuncia el carácter "arbitrario e injustificado" de la suspensión de la Conferencia, prevista para el pasado 22 de julio, así como la "negativa" del Ministerio a atender la solicitud de su convocatoria a petición de un número superior de comunidades autónomas al previsto en el Reglamento de dicho órgano.
El documento en cuestión subraya que el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Defensor del Pueblo -el argumento empleado por el Ministerio para no convocar finalmente la reunión- no afecta al informe sexenal sobre el estado de conservación del lobo, ni incluye solicitud de medidas cautelares que impidan la aplicación de la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
Además, las comunidades recuerdan que la aprobación del citado informe sexenal, exigido por la Directiva Hábitat, debe realizarse antes del 31 de julio y no está vinculado a la consideración legal del lobo como especie protegida.
En la propuesta de orden del día, también se incluían otros acuerdos urgentes como el reparto de fondos de los programas PIMA Cambio Climático y Especies Críticas 2025, imprescindibles para ejecutar inversiones en conservación de biodiversidad. Las comunidades firmantes advierten de que, de no atenderse esta solicitud en un plazo de dos días hábiles, se reserva el derecho de emprender acciones legales.