El juicio a Luis Medina y Alberto Luceño por la presunta estafa al Ayuntamiento de Madrid en la venta de material sanitario durante el inicio de la pandemia, el denominado 'caso mascarillas', se celebrará en febrero de 2025, han informado fuentes jurídicas.
Serán los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, que preside la magistrada Ángela Acevedo, los que enjuciarán los hechos ocurridos en la primera ola de la pandemia.
Se trata de la misma Sala que juzgó el 'caso Madrid Arena' por la muerte de cinco jóvenes en una avalancha en una fiesta celebrada en octubre de 2012, al conocido como pederasta de Ciudad Lineal y recientemente al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato.
El juicio arrancará el día 11 y habrá sesiones los días 12, 13, 18, 19, 20, 25 y 26 de febrero. La vista se señala meses después de que el juez Adolfo Carretero dictara el auto de apertura de juicio oral contra Luis Medina Abascal y Alberto Javier Luceño.
A Luceño le acusaba de un delito continuado de estafa agravada, delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particular y delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por particular.
Respecto a Medina, se abría juicio oral por un delito continuado de estafa agravada y por un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particular.
El fiscal Luis Rodríguez Sol solicita una condena de 9 años de cárcel para el hijo menor de Naty Abascal y 15 años de prisión en el caso de Alberto Luceño.
En el caso de Luceño, el fiscal reclama una multa que asciende a los 5 millones, mientras que su socio deberá pagar si es condenado una multa de 450.000 euros. Además, se solicita que ambos indemnicen con casi 8 millones de euros a la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y de Cementerios de Madrid.
A Luis Medina le imputa en concepto de coautor un delito continuado de estafa agravada y otro delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particular. A Luceño le acusa de los citados delitos en calidad de autor, junto a otro delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por particular y otro contra la Hacienda Pública agravado.
De igual modo, el fiscal pide que Luceño indemnice a la Agencia Tributaria, en el caso de que se considere que las comisiones que obtuvo en las operaciones relatadas están sujetas a tributación, en la cantidad de 1.351.386,29 euros.
El fiscal considera que procede, asimismo, decretar el decomiso de los bienes actualmente embargados, así como de cualesquiera otros en poder de los acusados hasta alcanzar la cantidad de 4.623.350,05 euros en el caso de Alberto Luceño, y la cantidad de 912.700 euros, en el caso de Luis Medina.
"La intención de ambos acusados fue la de enriquecerse exageradamente a costa de la citada situación de extrema necesidad y carencia de materiales sanitarios, vendiendo los productos por un precio muy superior al que les era ofrecido por los suministradores, y ello como consecuencia de la imposición de unas comisiones desorbitadas que mantuvieron ocultas en todo momento al comprador", recalcó el fiscal en su escrito de acusación.
Insistía Luis Rodríguez Sol en que los acusados "convencieron" al Ayuntamiento de Madrid de que actuaban movidos por razones altruistas, sin obtener ningún beneficio de la operación" a pesar de las comisiones millonarias que se desembolsaron.