El TSJM anula parte de las escuchas en la cárcel del 'caso Gürtel'
Por MDO/Efe
miércoles 24 de marzo de 2010, 00:00h
Actualizado: 25/03/2010 13:21h
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado invalidar la mayor parte de las conversaciones intervenidas en prisión entre los imputados en el 'caso Gürtel' y sus abogados, que había ordenado el juez Baltasar Garzón y que avaló el juez de Madrid Antonio Pedreira, según publica 'El País'.
El acuerdo se trasladará a un auto judicial en los próximos días y fue adoptado ayer tras cuatro sesiones de deliberaciones, en las que dos magistrados -el presidente del Tribunal, Francisco José Vieira, y Emilio Fernández Castro- emitieron votos a favor de anular las escuchas, frente al criterio del tercer miembro de la sala, José Manuel Suárez Robledano, partidario de validar todas las grabaciones.
Según el periódico, el tribunal ha decidido anular del sumario del "caso Gúrtel" las conversaciones grabadas entre los tres principales imputados y sus letrados, salvo las de un abogado, también imputado, donde se trata de la financiación ilegal del PP.
En la conversación validada, el ex secretario de organización del PP de Galicia Pablo Crespo habla con el abogado José Antonio López Rubal de supuesta financiación ilegal de ese partido cuando él tenía esa responsabilidad política. El magistrado discrepante Suárez Robledano, emitirá previsiblemente un voto particular.
Auto favorable a Garzón
Por otra parte, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha valido la competencia del juez Baltasar Garzón para investigar la trama de corrupción ligada a varias administraciones del PP a raíz de las diligencias incoadas el 6 de agosto de 2008, según informó la Fiscalía Anticorrupción.
En un auto, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Vieira, la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal madrileño ha desestimado los recursos del empresario Francisco Correa y ex viceconsejero de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid Carlos Clemente contra el auto de incoación de diligencias, a los que se adhirieron otros 21 imputados.
La desestimación se produce siguiendo el criterio planteado por la Fiscalía Anticorrupción. Los recurrentes alegaban una vulneración por parte del magistrado central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional del derecho al juez predeterminado por la ley e inobservancia e infracción de las normas de reparto vigentes en la Audiencia Nacional.