La coportavoz de Podemos y exportavoz de la formación en la Asamblea de Madrid, Isabel Serra, ya puede presentarse a unas elecciones después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le haya comunicado que ha cumplido la condena que la inhabilitó a sufragio pasivo por participar en los altercados que se produjeron en el barrio de Lavapiés en un desahucio el 31 de enero de 2014.
Así lo ha anunciado Serra en su cuenta de Twitter en la que tacha de "injusta" la condena y afirma que "nunca debería haber existido". "Combatir el lawfare es una prioridad para cualquier proyecto que aspire a transformar y avanzar. Gracias a todas por tanto apoyo", señala.
Según informan fuentes jurídicas, el TSJM ha dictado una providencia para corregir un "error en relación a la cancelación de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo" cometido a juicio de los magistrados por el letrado de la Administración de Justicia adscrito a la Sala, en el marco de la ejecución de la condena a Isabel Serra por el delito de atentado y lesiones leves en la protesta contra el desahucio.
Serra fue condenada a 19 meses de pena privativa de libertad y a ese mismo espacio de tiempo de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, y en fecha de 23 de septiembre de 2022, los jueces suspendieron exclusivamente la pena privativa de libertad, una vez que Isabel Serra satisfizo las responsabilidades pecuniarias.
En ningún caso, aclara el TSJM, los jueces suspendieron la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ya que la citada pena accesoria, empezó a cumplirse desde la fecha de firmeza de la sentencia por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
El letrado de la Administración de Justicia entendía, en cambio, que el plazo de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo corría la misma suerte que la suspensión de la pena privativa de libertad, razonamiento que los magistrados de la Sala disponen en su providencia que no puede seguirse, en línea con el criterio mantenido en sus resoluciones anteriores.