www.madridiario.es
Prueba de diagnostico de Covid
Ampliar
Prueba de diagnostico de Covid (Foto: Chema Barroso)

La Comunidad, condenada a pagar 10.000 euros por la muerte de un hombre con Covid

Por MDO/E.P.
martes 10 de octubre de 2023, 17:38h
Actualizado: 14/10/2023 09:33h

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Comunidad de Madrid a indemnizar con 10.000 euros a la familia de un paciente de 79 años con Covid-19 que falleció en 2020 por no garantizarle los medios de diagnóstico adecuados.

La sentencia, facilitada por la Asociación El Defensor del Paciente, concluye que se produjo una deficiente atención sanitaria al paciente tanto en la asistencia dispensada en el Centro de Salud Mar Báltico el 12 de marzo como en la asistencia prestada en el Hospital Universitario del 19 a 25 de marzo, fecha esta última en que falleció sin haberse utilizado los medios necesarios para diagnosticar una infección por Covid-19 que habría permitido abordar con mayores garantías su tratamiento.

El contagio de Covid-19 se pudo producir en el curso de una cirugía oral practicada en el citado hospital el 5 de marzo de 2020. El hombre acudió al centro de salud los días 2 y 16 de marzo, al Servicio de Urgencias del Ramón y Cajal el 15 de marzo y fue ingresado en el centro hospitalario el 19 de marzo. En todo este proceso, no se le realizó ninguna prueba de Covid.

La representación legal de la defensa, ejercida por el letrado Antonio Navarro Rubio, reclamó 250.000 euros en concepto de indemnización pero, tras el recurso de la Comunidad de Madrid, el tribunal ha fijado en 10.000 euros el importe.

La defensa de la familia entiende que, además de la mala praxis, existió pérdida de oportunidad de un buen resultado final al alegar que se desantendieron los síntomas que presentaba en una situación de pandemia, lo que condujo a un diagnóstico tardío.

En este sentido, el TSJM recuerda que en los casos de reclamaciones derivadas de actuaciones sanitarias la jurisprudencia señala que no resulta suficiente la existencia de una lesión sino que se requiere del criterio de la 'lex artis' para determinar cuál es la actuación médica correcta. Así, se aporta un dictamen de un perito judicial según el cual fue "desacertada" la decisión de no haber realizado una prueba de PCR, que habría permitido diagnosticar precozmente el Covid.

En este sentido, la sentencia concluye que no es posible apreciar vulneración de la 'lex artis' ni pérdida de oportunidad terapéutica en la asistencia en el centro de salud y el hospital "pero no cabe predicar lo mismo de la asistencia sanitaria dispensada por el Servicio de Urgencias" del centro hospitalario el 15 de marzo.

"Pese a que presentaba síntomas y signos de diversas enfermedades, entre ellas de Covid-19, y a que el hospital disponía de medios suficientes para efectuar pruebas para detectectarla, se le remitió a su domicilio sin haberse indagado cuál era la enfermedad que estaba causando sus dolencias, y sin habérsele hecho una prueba de PCR, de las que disponía el hospital y que habría permitido un diagnóstico más temprano", se señala en el fallo.

Aunque se desconoce cuál habría sido la evolución de la enfermedad si se hubiera iniciado el tratamiento cuatro días antes, se añade, y aunque existieran pocas probabilidades de supervivencia, "lo cierto es que esa decisión generó la pérdida de la oportunidad de recibir tempestivamente una terapia acorde a la enfermedad padecida".

El importe de la indemnización se ha fijado teniendo en cuenta criterios como la edad del paciente, 79 años, la elevada mortalidad de la infección por Covid y la dificultad en el tratamiento en dicho momento.

Primera condena a la Administración por una muerte con Covid

Desde la Asociación El Defensor del Paciente han subrayado que se trata de una sentencia "pionera" en la medida en que "es la primera" en la que se condena a la Administración sanitaria por la muerte de un paciente contagiado por Covid-19 pero ha considerado que "raya la amoralidad" al conceder "ridículas indemnizaciones" de "escasas cuantías". "Es indignante cómo, en la mayoría de las ocasiones, favorece los intereses de la Administración sanitaria y qué poco valoran la vida de una persona", valora.

Por su lado, desde el Gobierno regional han precisado a Europa Press que la Comunidad "acatará la sentencia, como no puede ser de otra manera", aunque han indicado que presentarán recurso "si procede". La sentencia es susceptible de recurso de casación ante la sala en el plazo de 30 días desde su notificación, el pasado 28 de septiembre.

"En función de los intereses de los madrileños, si cupiera recurso y jurídicamente fuera posible, planteará recurso contra esta sentencia en caso de que proceda", han indicado desde la Consejería de Sanidad, que ha defendido la actuación del hospital.

Según han defendido desde el departamento que dirige Fátima Matute, en el caso de que al paciente se le hubiera practicado un test PCR y el resultado hubiese sido positivo, siendo entonces un Covid leve, "no habría cambiado la actitud terapéutica por parte del personal de Urgencias del hospital en este caso".

Así, las mismas fuentes han incidido en que el paciente acudió al servicio de Urgencias del hospital el día 15 de marzo de 2020 y, tanto el motivo de consulta, como los signos y síntomas que presentaba a la exploración, junto con las pruebas de laboratorio y de imagen solicitados, "no indicaban infección respiratoria, por tanto, no estaba indicado realizar un test de Covid".

De este modo, presentaba inestabilidad en la marcha y el personal de Urgencias del citado hospital le realizó, además de una exploración física, radiografía de tórax y TAC craneal sin hallazgo.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios