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Fotograma de uno de los vídeos compartidos en redes sociales en el que se cuelga y apalea un muñeco que representaba a Pedro Sánchez.
Fotograma de uno de los vídeos compartidos en redes sociales en el que se cuelga y apalea un muñeco que representaba a Pedro Sánchez.

La Audiencia Provincial ordena reabrir la causa por el linchamiento a un muñeco de Sánchez en Ferraz

Por MDO/E.P.
jueves 10 de julio de 2025, 16:55h
Actualizado: 17/07/2025 19:29h

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 26 de la capital reabrir la causa por un presunto delito de amenazas contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por los hechos ocurridos el 31 de diciembre de 2023 frente a la sede del PSOE en la calle Ferraz. Durante una manifestación, un muñeco que representaba al jefe del Ejecutivo fue colgado de una soga y golpeado como una piñata, en un acto simbólico que fue grabado y ampliamente difundido.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados estiman el recurso de la Fiscalía y parcialmente los presentados por Pedro Sánchez y el PSOE, al considerar "precipitado" el archivo anterior de la causa, decretado por la jueza instructora. No obstante, rechazan derivar el caso a la Audiencia Nacional, como solicitaban el presidente y su partido, al entender que no se trata de un delito contra el Gobierno como institución, sino de una amenaza personalizada.

Un cuadro "intimidante" y sin justificación en la libertad de expresión

La Audiencia Provincial destaca la violencia simbólica de las imágenes en las que se linchaba al muñeco, así como la presencia de mensajes explícitos como “colgadlo de los pies”, “hay que quemar Ferraz” o “a por Sánchez oé”. Para los jueces, ese conjunto de elementos configura un escenario "intimidante de suficiente intensidad" como para considerar provisionalmente que se trata de amenazas graves, no amparadas por la libertad de expresión.

Según el auto, estas expresiones no están contextualizadas dentro de una crítica política y parecen más bien orientadas a generar miedo entre los adversarios, militantes e incluso empleados del partido. "No es admisible", añaden, que actos con potencial para alterar la paz social se escuden bajo el derecho a la protesta.

Frente al criterio inicial de la jueza instructora, que minimizó el acto al tratarse de un muñeco, los magistrados subrayan que el muñeco representaba "con toda evidencia" al presidente del Gobierno, independientemente de su fidelidad física, por el contexto y las expresiones que lo acompañaban.

Descarta delitos de odio y de injurias graves

La Audiencia también descarta que los hechos puedan encajar en delitos de odio, al no dirigirse contra un grupo vulnerable por su raza, religión o condición sexual. Aunque reconoce un claro componente de odio ideológico, señala que no cumple los requisitos del tipo penal.

Asimismo, consideran que las expresiones como "Pedro Sánchez hijo de puta", "no es un presidente, es un delincuente" o "psicópata", aunque insultantes, no constituyen injurias graves en términos jurídicos, sino más bien manifestaciones de "mala educación" carentes de capacidad para afectar seriamente la dignidad o fama del aludido.

Por último, el tribunal precisa que si bien las amenazas e insultos se dirigieron contra Sánchez y el PSOE, no pueden interpretarse como una amenaza al Gobierno como institución. Las frases aisladas como "juicio sumarísimo al Gobierno" o "todo el Gobierno a prisión", se califican como "desahogos" sin verdadero alcance intimidatorio hacia el conjunto del Ejecutivo.

Con esta decisión, la Audiencia ordena continuar la investigación penal por un presunto delito de amenazas, centrado en la figura del presidente del Gobierno, descartando por ahora otras tipificaciones más amplias solicitadas por las partes acusadoras.

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