www.madridiario.es
Cómo recurrir la tasa de basuras de Madrid: sin abogado y, en algunos casos, con un formulario
Ampliar
(Foto: MDO)

Cómo recurrir la tasa de basuras de Madrid: sin abogado y, en algunos casos, con un formulario

Por Hugo García Reina
martes 28 de octubre de 2025, 07:00h
Actualizado: 06/11/2025 11:42h
La entrada en vigor de la tasa de basuras ha generado una ola de indignación entre vecinos de distintos puntos de España. En el caso de Madrid, las protestas han sido ostensibles desde el distrito de Centro hasta el de Vallecas, pasando por Hortaleza y multitud de municipios que se sienten especialmente agraviados.

Los partidos de la oposición, sobre todo en el Ayuntamiento de Madrid, tampoco han perdido la oportunidad de cargar contra esta nueva tasa. El Grupo Municipal de Vox presentó un recurso contencioso administrativo ante el TSJM al considerarlo un “impuesto encubierto”; y lo mismo hizo Más Madrid, so pretexto de que se trata de “una chapuza tanto en su concepción jurídica como en su aplicación práctica”. A estos, se une la petición de los socialistas de tener en cuenta el número de residentes de las viviendas o la de imponer la tasa de negocios a los pisos turísticos.

Frente a las quejas de vecinos y opositores, el Ayuntamiento justifica que la tasa de basuras es una medida impuesta por el Gobierno central. La Ley 7/2022, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (diseñada en respuesta a una directiva europea sobre prevención, reutilización y reciclaje) obliga a todos los municipios españoles a aplicar nuevos impuestos de recogida de basuras. Para el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, la instrucción de la UE “no es de obligado cumplimiento”, y ha exigido a Pedro Sánchez la derogación de la ley.

Cómo recurrir la tasa de basuras: previo pago y en 30 días

Sea como sea, el reparto de responsabilidades no apacigua el enfado de los vecinos, que buscan la forma de recurrir un impuesto que consideran excesivo o injusto. El importe medio en Madrid se sitúa en torno a los 140 euros al año, aunque varía según el valor catastral del inmueble y el grado de reciclaje del distrito. En barrios como Aravaca o El Viso, la tasa supera los 400 euros anuales, mientras que en zonas como Villaverde o Usera no llega a los 60 euros. El cobro se incluye en el recibo del agua y debe abonarse en un plazo de dos meses desde la notificación.

Todos aquellos que no estén conformes con la aplicación de la tasa tienen herramientas para recurrirla, aunque, deben hacerlo después de haberla pagado. Si el recurso sale adelante, el importe será devuelto total o de manera parcial. Y para que esto ocurra, es necesario presentar el recurso en el plazo de 30 días desde la notificación del importe.

Al tratarse de un trámite administrativo, no se precisa de abogados para llevarlo a cabo: basta con dirigir el escrito a la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.

Más Madrid y la FRAVM animan a recurrir la tasa

Varias plataformas vecinales han organizado puntos de información para asesorar a los afectados que quieran apostar por esta vía. La Asociación Vecinal Unidad Villaverde, por ejemplo, anima a los ciudadanos a recurrir la tasa por “injusta, desproporcionada y nada transparente”, y se ha ofrecido a ayudar a quien lo necesite.

Del mismo modo, tanto Más Madrid como la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) –que matiza que no se opone a “una tasa que cubra el coste de un servicio público esencial”, sino al diseño aprobado por el Ayuntamiento– han compartido una plantilla de recurso para facilitar el trámite.

La FRAVM pone a disposición del ciudadano dos modelos distintos: uno para quienes quieran que se les calcule el importe a la baja y otro para aquellos que perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o la Renta Mínima de Inserción (RMI), o los que tengan una vivienda en ruinas, un solar, un garaje o un trastero.

Además, recuerdan que en caso de que haya vencido el plazo para presentar el recurso de reposición, existe la opción de remitir una queja en el apartado de Sugerencias y reclamaciones tributarias de la web del Ayuntamiento o en una oficina de Atención a la Ciudadanía.

El escrito que propone Más Madrid está basado en una supuesta ilegalidad de origen de la tasa de basuras, pues entienden que la ordenanza municipal viola el mandato legal de la Ley 7/2022 y de la jurisprudencia del Supremo. Además, señalan que, ya que el servicio de recogida de basuras en Madrid no lo presta directamente el Ayuntamiento sino empresas concesionarias, la contraprestación no podría considerarse una “tasa”, sino una “prestación patrimonial pública no tributaria”.

En el caso de la FRAVM, no se pide anular la tasa, sino reducir su importe, pero coincide con Más Madrid en que no se cumple el principio de “quien más contamina, más paga” (el Ayuntamiento reparte más del 80 por ciento del coste según el valor catastral del inmueble, y sólo un 18 en función de la basura producida). Además, tanto la Federación como la formación política resaltan que no se tenga en cuenta el número de habitantes de cada hogar y coinciden en que se trata de una imposición injusta y poco transparente.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
2 comentarios