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Ayuntamiento de Alcorcón.
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Ayuntamiento de Alcorcón. (Foto: J. G. M.)

Los Ayuntamientos de Arganda y Alcorcón, sancionados por la Junta Electoral por contravenir la normativa electoral

Por MDO/E.P.
sábado 06 de abril de 2019, 12:30h
Los Ayuntamientos de Arganda del Rey y Alcorcón han sido sancionados por la Junta Electoral Central por el envío de cartas y publicaciones en revistas, respectivamente, en las que se se contravenía el artículo 50.2 de la LOREG, que prohíbe difundir logros obtenidos desde la convocatoria de elecciones hasta su celebración.

La Junta Electoral Central ha confirmado la resolución de incoar expediente sancionador contra el Ayuntamiento de Arganda y el alcalde de la localidad, Guillermo Hita, por contravenir la normativa electoral por el envío de cartas y la difusión de un vídeo en el que aparece el regidor con el lema 'Cumplimos nuestro compromiso con Arganda'.

Según la resolución, se confirma el criterio de la Junta Electoral Provincial de Madrid, que estipuló también la apertura de expediente contra la concejal de Hacienda de la localidad, Ana Sabugo, cuyo área ha remitido las cartas a los vecinos.

Para la Junta Electoral Central, el envío de esta carta a más de 30.000 electores de la localidad para informar sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias e incluyendo una simulación de la reducción del IBI en 2019 coincidía con la difusión de una videograbación titulada 'Cumplimos nuestro compromiso con Arganda', difundida a través de las redes sociales y en las que el alcalde se refiere al contenido de la carta "presentando como un logro la reducción del referido impuesto".

Ello supone, como declaro la Junta Electoral Provincial de Madrid, una actuación "contraria" en lo dispuesto en el artículo 50.2. "La utilización en dicha videograbación de expresiones como 'seguimos cumpliendo lo que prometemos y seguimos haciendo cuestiones que son importantes para los vecinos, para las vecinas', supone una campaña de logros que coincide además con lemas utilizados por la formación política del alcalde y de la concejala de Hacienda, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 50.2 de la LOREG", apunta el escrito.

Por tanto, la Junta Electoral Central confiere firmeza a este acuerdo en la vía administrativa y recuerda que contra el mismo cabe interponer recurso ante la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.

La resolución de la Junta de Madrid ordenaba la suspensión de la campaña. El PP decidió llevar este vídeo a la Junta Electoral por entender que el Gobierno local se atribuía la bajada del IBI de la localidad, algo que "no era verdad" porque la reducción del tributo era consecuencia de la gestión del Ministerio de Hacienda, por actualizar a la baja el valor de las viviendas, según comentó la secretaria general del PP de Arganda, Amalia Guillén. Además, reprochó que el actual Consistorio había subido el tipo municipal del impuesto y que, con esta iniciativa, hacía "propaganda".

Por su parte, Hita comentó en redes sociales que, con todo respeto a la Junta Electoral de zona, ha "paralizado el envío de cartas informativas sobre el calendario fiscal del municipio, las bonificaciones que se obtienen por domiciliar y fraccionar los impuestos, y que lleva información de la evolución descendente del IBI en Arganda en los últimos años". Además, borró de sus perfiles personales (y los del PSOE de Arganda) el vídeo informativo, grabado con sus propios medios, sobre ello.

El Ayuntamiento de Alcorcón, también sancionado

La Junta Central Electoral ha confirmado también la sanción contra el Ayuntamiento de Alcorcón por infracción de la normativa electoral por el envío de 40.000 ejemplares de la revista 'Alcorcón mi ciudad', haciéndola coincidir con la difusión de una publicación del PP.

La resolución desestima el recurso interpuesto por el Consistorio y confirma el acuerdo original de la Junta Electoral Provincial de Madrid, que estipulaba a su vez la apertura de un expediente sancionador.

Justifica su decisión en lo recogido en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General que establece la prohibición a los poderes públicos desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas de organizar o financiar actos que contengan alusiones a la realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilicen imágenes o expresiones coincidentes a las utilizadas en sus propias campañas.

"En dicho supuesto ha de entenderse incluida la utilización de una revista, financiada con fondos públicos, para realizar una campaña de esa naturaleza. En este sentido, a título de ejemplo, hemos de referirnos a la denominada 'Carta del alcalde' (en alusión a David Pérez), en la que se aprovecha la presentación de la publicación para referirse a 'diferentes logros conseguidos por el gobierno municipal'".

Como ejemplo, explica que en esa misiva se alude a varios proyectos en los que se ha trabajado en los últimos meses "con el objetivo de seguir haciendo de Alcorcón una ciudad líder y una referencia en la Comunidad de Madrid".

Ese texto, según la Junta Electoral Central, "resalta las numerosas alusiones a logros, así como valoraciones de inequívoca connotación electoralista que se desprenden de la documentación que obra en el
expediente". Para ello reproduce algunas como 'Récord de creación de empleo y afiliación a la Seguridad Social', 'Alcorcón, la gran ciudad con menor presión fiscal de la Comunidad' y 'El Centro de Mayores Polvoranca, más moderno y accesible'.

"A la vista de lo anterior, resulta correcta la consideración de que dicha publicación vulnera la prohibición establecida en el artículo 50.2 de la LOREG, por lo que procede confirmar el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Provincial de Madrid", zanja la resolución.

El PSOE de la localidad decidió denunciar la difusión de esta publicación y se mostró satisfecho tras conocer la resolución inicial de la Junta Electoral, para apuntar que "no era la primera vez que el Gobierno del PP usa de forma partidista los recursos municipales".

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