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Interior aprueba la semilibertad para Bárcenas mediante el artículo 100.2

Por Europa Press
miércoles 21 de diciembre de 2022, 09:41h
Actualizado: 21/12/2022 11:06h

El Ministerio del Interior ha acordado aplicar al extesorero del PP Luis Bárcenas el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que recoge la posibilidad de la flexibilización del régimen de vida penitenciario para pasar a una situación de semilibertad, han informado a Europa Press fuentes conocedoras de la decisión.

Bárcenas, clasificado en segundo grado o régimen ordinario, ha disfrutado de varios permisos penitenciarios desde que ingresó en la prisión madrileña de Soto del Real para cumplir la condena de 29 años y un mes por la primera época del 'caso Gürtel'.

La medida, que puede ser recurrida por Fiscalía, le permitirá abandonar la cárcel para cumplir el resto de su condena en un Centro de Inserción Social, a falta de concretar el plan de ejecución que determinará si duerme en este establecimiento o si tendrá algún sistema de control telemático. Bárcenas ingresó en prisión preventiva a mediados de 2013 y la abandonó bajo fianza el 22 de enero de 2015. Tras la sentencia de Gürtel, volvió a prisión en mayo de 2018. El tribunal estableció que el tiempo máximo de cumplimiento sería 12 años, que se corresponde con el triple de la pena más alta impuesta, en este caso, la de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública. De esta forma, la decisión sobre la flexibilidad mediante el artículo 100.2, atendiendo a la propuesta inicial de la junta de tratamiento de Soto del Real, se ha adoptado una vez que el preso ha cumplido la mitad de la pena máxima que puede estar privado de libertad.

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