El Supremo rechaza el recurso contra la retirada de la estatua de Franco en Nuevos Ministerios
Por MDO/Agencias
jueves 14 de junio de 2012, 00:00h
Actualizado: 15/06/2012 12:10h
El Tribunal Supremo ha acordado este miércoles no admitir a trámite el recurso que la Fundación Nacional Francisco Franco interpuso el 17 de marzo de 2005 contra la retirada de una estatua del dictador situada en la Plaza de San Juan de la Cruz de Madrid, junto a Nuevos Ministerios.
El alto tribunal no ha entrado en el fondo del asunto, ya que ha considerado que el coste "de los trabajos de desmontaje y traslado de los elementos arquitectónicos (...), que alcanza la cuantía de 2.450 euros" no llega al límite legal de 150.000 euros fijado por la ley como "cuantía del litigio" mínima para poder recurrir en casación.
La sentencia, notificada este miércoles por la sala de lo contencioso administrativo del Supremo, cuenta con el voto particular discrepante del magistrado Pedro José Yagüe, que afirma que el recurso debía haberse admitido porque el objeto del mismo es la anulación de la retirada de la estatua y su reposición en el mismo lugar, por lo que la cuantía del proceso debe considerarse "indeterminada".
En marzo de 2009, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) concluyó que el Ministerio de Fomento no siguió los cauces legales adecuados para retirar el monumento, pero rechazó que debiera ser recolocada porque la Ley de la Memoria Histórica lo prohíbe.
El TSJM añadió que no podía accederse a la pretensión de recolocar la estatua, ya que la Ley de Memoria Histórica obliga a las Administraciones Públicas a tomar las medidas oportunas para "la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura".
Ahora, el Supremo dice, en este mismo sentido, que la reposición de la estatua del dictador era, "por mandato legal, de imposible cumplimiento", ya que todas las Administraciones están obligadas a adoptar las medidas oportunas "para que se proceda a la retirada de aquellos monumentos conmemorativos que supongan una exaltación de la Guerra Civil".
Así se da cumplimiento, añade el tribunal, "al espíritu de reconciliación y concordia que permitió el alumbramiento de la Constitución de 1978 y evitar la permanencia de cualquier vestigio que pueda ser causa de enfrentamiento, agravio u ofensa al modelo constitucional de convivencia".