La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) ha activado la alerta roja por fuertes vientos en Madrid hasta las 18.00 horas de este jueves. El Ayuntamiento de la capital ha cerrado El Retiro y otros ocho parques ante el peligro que supone el riesgo de caída de ramas e incluso árboles. Un temporal y una borrasca que mantiene en alerta a los bomberos de la región: esta madrugada han realizado 109 intervenciones por problemas relacionados con el fuerte viento, la mayoría por caídas de ramas y árboles a la calle, ha informado un portavoz de Emergencias 112.
Entre los incidentes, el paso de la borrasca Ciarán ha provocado la caída de un árbol de gran tamaño que ha cortado el paso en la calle Puerto de Maspalomas del barrio de El Pilar, o en la puerta del parque de El Retiro cerca de la plaza de la Independencia. También en Embajadores, el viento ha arrancado un árbol de 20 metros de lago que ha caído sobre un coche aplantándolo por completo, sin provocar daños personales.
En estos casos, en los que un temporal puede provocar este tipo de incidentes, que un árbol caiga sobre un vehículo, ¿quién se hace cargo de ello? ¿los seguros cubren los desperfectos?
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), las aseguradoras consideran riesgos extraordinarios los causados por fenómenos de la naturaleza, desde inundaciones, a huracanes, terremotos... y también otros, como los daños causados por actos de terrorismo. En principio, estos riesgos no son asumidos por las aseguradoras privadas, sino por el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que funciona como aseguradora frente a esos sinistros causados por hechos extraordinarios. Pero el Consorcio solo responde si el usuario tiene previamente contratado un seguro.
El Consorcio solo responde si previamente hay contratado un seguro
Ante el temporal como el de este jueves, en aquellas zonas donde se hayan dado las condiciones establecidas para un riesgo extraordinario por el Consorcio de Compensación de Seguros, este organismo será quien se haga cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados y, en el caso de los automóviles, aunque solo sea con la Responsabilidad Civil.
Si por las inclemencias del tiempo, los daños no provienen de un riesgo extraordinario, desde OCU recomiendan revisar el seguro, porque podría hacerse cargo de esos daños, eso sí, dependerá de la cobertura contratada:
- En el caso de automóviles, podrán reclamar los daños a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo (donde normalmente están cubiertos los daños por granizo como impacto o choque de objetos), quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas.
- En las viviendas, hay algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza que sí están cubiertos por el seguro de hogar cuando no llegan a los límites de intensidad a partir de los que interviene el Consorcio.