ACCIDENTE Y PESQUISAS PREVIAS
La Policía Local de Alcobendas era alertada de que un vehículo conducido por una mujer embestía a dos coches estacionados y se daba a la fuga, llegando al lugar de los sucesos a las 8:20 horas del 19 de junio del 2020.
Tras llegar a la calle donde se encontraban los vehículos siniestrados, ambos sin ocupantes en el momento del impacto, un testigo presencial de lo ocurrido indicaba a los agentes que el coche fugado se encontraba en una calle aledaña aparcado, por lo que los policías procedieron a acudir al lugar, identificar a la propietaria del vehículo y contactar con ella para que se personase junto a su coche para esclarecer lo sucedido.
La propietaria, una joven de 30 años con antecedentes por causas similares, acudía al requerimiento de la policía, siendo sometida a la prueba de alcoholemia arrojando un resultado positivo en ambas pruebas realizadas, donde superaba ampliamente la tasa de 0.60 miligramos por litro en aire espirado que delimita la perpetración de un delito contra la seguridad vial, abriéndose una causa penal contra la propietaria del vehículo en el Juzgado de Instrucción Nº1 de Alcobendas.
EL VITAL ESCRITO DE DEFENSA
La joven investigada contrató los servicios de Ospina Abogados, considerado uno de los mejores despachos penalistas de la actualidad, corriendo a cargo de Juan Gonzalo Ospina la defensa de la misma.

"Juan Gonzalo Ospina, abogado penalista"
Tras un análisis de lo sucedido la defensa remitió al juzgado sus alegaciones a la denuncia, solicitando el archivo y sobreseimiento de la causa al considerar que no se hallaban pruebas suficientes contra su representada, la cual negaba rotundamente los hechos, ya que como su propia madre manifestó llegó a casa en estado de embriaguez, pero en taxi, horas antes del momento descrito.
Juan Gonzalo Ospina refirió que la prueba de alcoholemia se había producido horas después del incidente, lo que abría una amplia horquilla de tiempo, no pudiéndose determinar que en el momento de los sucesos la conductora estuviera bajo los efectos del alcohol. Pero el letrado experto en delitos de tráfico daba un paso más al señalar que ningún testigo identificó a su clienta, y que la misma refiere que pudo ser su hermana menor la autora del accidente, ya que ella se encontraba en casa descansando a la hora que se señalaba el accidente.
Además es destacable, que si bien a preguntas de los agentes decidió someterse a la prueba de alcoholemia fue por miedo a ser detenida, tal y como le expusieron los policías personados en su domicilio, pero no por ser la conductora del vehículo aquella noche.
Por todo ello y considerando la “inexistencia de elementos incriminatorios que nos lleven a inferir que la misma ha cometido ilícito alguno”, solicitaba al juzgado el sobreseimiento del caso.
ARCHIVO DE LA CAUSA
A pesar del amplio dossier de diligencias presentado por la Policía Local, el Juzgado de Instrucción Nº1 de Alcobendas no considera acreditado que se pueda hablar de un accidente constitutivo de infracción penal pues “no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada, ya que no se ha podido constatar que la investigada fuera la conductora del vehículo”, reza el documento mediante el cual decretan el sobreseimiento provisional de estas actuaciones, sin perjuicio de las acciones civiles que, en su caso, puedan corresponder al perjudicado.
Este medio ha contactado con el despacho penalista de la defensa, Ospina Abogados, que actualmente gozan de las mejores opiniones como despacho penalista en Madrid, quienes han declinado realizar declaraciones refiriendo estar satisfechos con la resolución judicial.