Varias aerolíneas incumplen la normativa informativa
jueves 16 de mayo de 2013, 00:00h
Actualizado: 17/05/2013 12:27h
La Comunidad de Madrid ha apercibido a varias compañías aéreas tras comprobar que incumplen la normativa en casos de cancelación de viajes, incluyen cláusulas abusivas o no informan correctamente de que los menores de 14 años no necesitan DNI o pasaporte en vuelos nacionales, según recoge el Informe de la Dirección General de Consumo de la Comunidad.
Victoria ha asegurado que las irregularidades que supongan infracciones a la Ley de Consumo "darán lugar a expedientes sancionadores". Además, han afirmado que ya han pedido a las empresas inspeccionadas que subsanen las irregularidades detectadas.
Consumo, que inspeccionó la web de seis compaías aéreas que operan en España, comprobó que el 83 por ciento de las aerolíneas ofrece "información inexacta o incompleta" sobre posibilidad de reembolso de parte del precio del billete en caso de cancelación. Además, han detectado la existencia de cláusulas abusivas, como la exención de responsabilidad en caso de daños en el equipaje facturado.
En cuatro de las seis web de estas compañías inspeccionadas no se permite el reembolso por renuncia del pasajero en los términos previstos en la ley y en cuatro había información inexacta sobre el tipo de documentación exigible para poder efectuar el vuelo, que no contempla que los menores de 14 años no necesitan DNI o pasaportes en vuelos nacionales. Otras dos empresas no informaban sobre la manera de presentar quejas o reclamaciones sin que suponga un coste añadido para el consumidor.
La Comunidad recuerda que las aerolíneas están obligadas a facilitar al usuario "un resumen de las principales disposiciones sobre su responsabilidad con los viajeros y sus equipajes, incluidos los plazos para presentar una reclamación, solicitar una indemnización y la posibilidad de hacer una declaración especial para el equipaje".
Entre las cláusulas abusivas detectadas en las web de las aerolíneas "la más reiterada" es que obligan a utilizar los billetes en una secuencia determinada, pues anulan el trayecto de vuelta cuando no se ha utilizado el de ida (para billetes de ida y vuelta).
La mitad de las compañías elude responsabilidades en cuanto a los daños efectuados en el equipaje facturado por el viajero y en tres de los seis casos inspeccionados se remite a documentos o textos que no se facilitan previa o simultáneamente al contrato efectuado.
Otra irregularidad destacada es que el 50 por ciento de las aerolíneas obliga al sometimiento a un juez o un tribunal distinto al que corresponde al consumidor, así como a un derecho extranjero con respecto al lugar donde se ha celebrado el contrato.
Además, en el 33 por ciento se detecta una exoneración o limitación de responsabilidad por parte de las compañías respecto de los errores que se pueden encontrar en el contenido de sus páginas web.