El lateral izquierdo del Real Madrid ha reconocido haber cometido un delito fiscal para rebajar la pena de cárcel y la multa que pedían la Fiscalía y la Agencia Tributaria.
El futbolista brasileño del Real Madrid
Marcelo ha reconocido la comisión de un
delito fiscal para llegar a un acuerdo con la
Fiscalía Provincial de Madrid y la Agencia Tributaria, de forma que se rebaje su pena de cárcel y la multa que
ambas entidades reclamaban.
Según han confirmado fuentes jurídicas, el jugador
declaró "de forma muy breve" este martes ante el magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de Alcobendas, donde reconoció un delito contra la Hacienda Pública en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2013, fijado en
490.917,70 euros.
Ahora, la Abogacía del Estado, el Ministerio Público y la defensa del brasileño deberán elaborar el escrito de conformidad donde se fijará de forma concreta tanto la pena de cárcel que acepta como el porcentaje de multa que deberá abonar, pues se espera que sea rebajada debido al reconocimiento del delito.
La Fiscalía presentó en octubre una querella ante el citado juzgado
acusándole de crear una estructura societaria fiscal para ocultar el pago de sus derechos de imagen.
Según expone el Ministerio Público, en junio de 2006 el futbolista cedió por un precio único de 70.000 dólares sus derechos de imagen a la sociedad uruguaya Consultora Heltry, S.A. quien, a su vez, cedió los mismos un año más tarde por un precio de 802.813 euros a la sociedad británica Chatarella Investors Limited con vigencia hasta el 30 de junio de 2012.
Por un acuerdo transaccional, de fecha 28 de enero de 2013, ambas sociedades resolvieron el contrato firmado en 2007 y "en unidad de acto" la Consultora Heltry, S.A. cedió los derechos de imagen de Marcelo a otra sociedad uruguaya llamada Birsen Trade S.A.
"Todas estas estructuras societarias fueron utilizadas por el obligado tributario con el objeto de hacer fiscalmente opacos los beneficios procedentes de la explotación de sus derechos de imagen", precisa la querella.
En este sentido, la Fiscalía señala que el futbolista,
"con ánimo de obtener un beneficio fiscal ilícito", presentó en plazo las declaraciones de IRPF de los ejercicios 2011, 2012 y 2013 "sin declarar cantidad alguna procedente de la explotación de los derechos de imagen".
Esto le permitió que, por ejemplo, respecto al ejercicio de 2013 solicitara la devolución de 10.258,34 euros, cantidad que le fue entregada el 4 de septiembre de 2014.
La sociedad Chaterella Investors Limited obtuvo en 2011 y 2012 rentas facturadas al Real Madrid que ocasionaron un perjuicio a la Hacienda Pública de 100.476 euros y 101.615, respectivamente. "Sin embargo, dicha cantidad es inferior a los 120.000 euros que marcan el límite cuantitativo del elemento objetivo del tipo penal del delito contra la Hacienda Pública", precisan.
Del mismo modo, en 2013 la sociedad Birsen Trade, S.A. obtuvo unas rentas de
1.168764,38 euros "aparentemente derivadas de la explotación de los derechos de imagen del querellado" facturadas al Real Madrid, a Adidas y a Panini "que debieron ingresarse en la Base Imponible de la Renta de las Personas Físicas, ocasionando un perjuicio para la Hacienda Pública de 490.917,70 euros".
Por otra parte, el 20 de febrero de 2015, una vez "consumado" el presunto delito contra la Hacienda Pública, la sociedad Birsen Trade, S.A., "con la intención de dar una apariencia de realidad a la cesión de la explotación de los derechos de imagen", presentó declaración censal (modelo 036), solicitando NIF y señalando como fecha de inicio de su actividad en España el 1 de junio de 2012, fijando su domicilio fiscal en España.
Con idéntico propósito, la querella de la Fiscalía relata que dicha sociedad
presentó en la misma fecha declaraciones extemporáneas correspondientes al Impuesto del Valor Añadido (segundo trimestre del ejercicio 2012 al cuarto trimestre del ejercicio 2014), así como al Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2012/2013 y 2013/2014, sometiendo en el último caso a tributación los ingresos supuestamente obtenidos de la explotación de los derechos de imagen del denunciado a un tipo de gravamen del 25 por ciento, más beneficioso que el tipo marginal aplicable al IRPF del 51,3 por ciento.