Además, se prohíbe a los jueces y a las asociaciones judiciales valorar los casos abiertos en los juzgados. El Ministerio de Justicia defiende que ello "no coarta" su derecho fundamental de expresión y añade que les permite hacer comentarios de índole doctrinal en publicaciones especializadas para no atacar su "libertad de investigación científica", según informaron fuentes del departamento. Según las fuentes consultadas, estas medidas tienen como objetivo garantizar la independencia judicial y no fija un plazo para que el órgano de gobierno de los jueces ampare u ordene la cesación de la conducta "perturbadora".
"Los jueces y las asociaciones judiciales se abstendrán de hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los tribunales y sobre las resoluciones judiciales, si bien aquellos podrán hacer comentarios de índole doctrinal o científica en publicaciones o foros especializados", recoge el articulado.
El Ministerio defiende que ha estudiado la doctrina constitucional y no coarta el derecho a la libertad de expresión de los magistrados. Al ser preguntado por qué se prohíbe hacer valoraciones jurídicas en medios generalistas pero no en publicaciones especializadas, asegura que ello afectaría al "derecho a la libertad de investigación científica recogido en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea". En el caso de que un togado se salte este imperativo y conceda una entrevista ofreciendo su valoración sobre el trabajo de un compañero, los representantes ministeriales defienden que el catálogo sancionador es "muy amplio" para castigar esa conducta.






Si (
No(



