Tras el anuncio de que Ana Obregón había sido madre mediante gestación subrogada, se ha reabierto el debate sobre esta práctica.
En España, solo se puede acceder al Registro Civil de niños nacidos por gestación subrogada si se cuenta con una sentencia de filiación. Sin embargo, en 2019 el Gobierno de Pedro Sánchez limitó esta posibilidad a parejas que acudían a países como Ucrania o Georgia para practicarla, ya que en estos lugares la gestación subrogada es legal pero no se emiten sentencias de filiación.
La Ley sobre técnicas de reproducción humana asistida en España establece que la gestación subrogada no es legal. El artículo 10 de dicha ley indica que cualquier contrato que implique la renuncia de filiación materna por parte de una mujer a favor del contratante o un tercero será nulo de pleno derecho.
España permite registrar a los hijos de parejas españolas que han utilizado la gestación subrogada en el extranjero. Hasta el año 2019, se podía hacerlo por dos vías.
Según la instrucción del 5 de octubre de 2010, para inscribir a un recién nacido es necesario presentar la resolución judicial que determine su filiación, tal como se aplica en Estados Unidos.
La posibilidad de reclamar la paternidad del padre biológico es una consecuencia del tercer punto de la Ley de Reproducción asistida. Esto permite inscribir a un hijo en el Registro Civil con una prueba de ADN del padre, que en los casos de gestación subrogada suele ser el donante.