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El retorno del… concierto en Grado Superior

Por José Antonio Poveda
lunes 20 de febrero de 2017, 14:07h

La Sentencia del Tribunal Supremo, que ratifica la ilegalidad de la supresión de los conciertos de Grado Superior, propicia algunas reflexiones sobre el debate entre concierto vs cheque escolar, que era lo que subyacía tras aquella decisión ahora anulada. La primera es que el carácter postobligatorio de estas enseñanzas no es causa en sí misma para retirar o no renovar un concierto. La renovación es un derecho, también en las enseñanzas postobligatorias, que, en su caso, podría verse limitado por falta de consignaciones presupuestarias que deben acreditarse, lo que motivaría la aplicación de los criterios preferenciales fijados en la Ley. Y no es posible acreditar esa falta cuando se retira el concierto y se utilizan esas consignaciones presupuestarias para financiar una beca para las mismas enseñanzas y destinatarios.

Efectivamente, el artículo 27 de la Constitución solo establece la gratuidad de la enseñanza obligatoria y que la LOE extiende la gratuidad, además, a la Educación Infantil. Pero también es cierto que no hay una prohibición constitucional para que otras enseñanzas distintas de las obligatorias puedan ser gratuitas. Será el legislador quien lo configure, como ocurrió, efectivamente, con la Educación Infantil… y también con las enseñanzas postobligatorias. Así, la administración eliminó en su momento las tasas de los centros estatales para hacer gratuitas dichas enseñanzas. Respecto de los centros privados, la D.A.3ª de la LODE determinó una gratuidad casi total para un grupo de centros privados a través de los conciertos singulares, que supone que los centros cobren una cantidad obligatoria cuya cuantía se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Hasta el momento de la supresión de los conciertos de Grado Superior eran 36 euros al mes, cuantía equivalente a la tasa que en Madrid se recuperó para los centros estatales en dichas enseñanzas. Por otro lado, la D.Tª.10 de la LOE determinó el mantenimiento de dichos conciertos.

Es cierto, no hay una garantía constitucional de gratuidad en estas enseñanzas, pero una cosa es pagar 36 euros al mes (sea por tasas públicas, o por cuota obligatoria de los conciertos singulares), y otra pagar 360 euros, 10 veces más, por estas enseñanzas. O 200 euros, si se tiene la fortuna de percibir el “cheque” (beca) en la convocatoria de este año.

Precisamente por eso, y sería la segunda reflexión, el cheque no puede ser el mecanismo por el que se articule el ejercicio de la libertad de enseñanza, salvo que esta se predique sólo para quien tiene capacidad económica para afrontar la diferencia entre el coste de la matrícula y el cheque que se percibe.

La tercera enseñanza es que el cheque no propicia un incremento de matrícula en centros privados. Así, en el curso 2012/2013, había un total de 10.650 alumnos en centros privados, de los cuales 6.446 se encontraban en centros privados concertados y 4.204 en centros privados sin concierto. (Informe 2014 del Consejo Escolar de Madrid referido al curso 12/13. Página 433). En el curso 15/16, los alumnos en centros privados, según los datos facilitados por la Dirección General de Becas, fueron 10.805. Es decir, ha supuesto un incremento de 155 alumnos, del 1,4%. Y lo que no muestran estas cifras son los alumnos con verdaderas necesidades que se han quedado fuera, puesto que no pueden cubrir la diferencia entre la beca que podrían percibir y el coste de los estudios. Estos alumnos con el concierto se encontraban en un alto porcentaje en centros católicos.

La cuarta reflexión: el cheque no favorece la implantación de la FP dual. Prueba de ello es que en Grado Medio también se ha implantado, o esquemas similares, siendo una enseñanza concertada. Y lo que nadie ha tratado de explicar es qué tiene el concierto que imposibilite la implantación de una FP dual. Esto sin tener en cuenta otra cuestión fundamental: el cheque impide cualquier intento de programar una oferta financiada con fondos públicos que responda también a las necesidades del entorno productivo.

El Consejero de Educación acaba de anunciar que los once centros que recurrieron a la Justicia recuperarán el concierto de Grado Superior en el curso 2017/2018. Confiamos que esta decisión acabe extendiéndose a todos los centros que estaban concertados en el curso 12/13. A la postre, la causa por la que perdieron su concierto es la misma que la de quienes recurrieron. No se trata de dar un volantazo, sino de recuperar la dirección por la que circulaban los centros privados concertados desde hace 32 años. No se puede protestar en Valencia por la retirada de los conciertos en la enseñanza postobligatoria y no restaurarlos aquí en Madrid. El concierto facilita a la administración, en diálogo con los centros, una programación que responda a las necesidades del entorno productivo, contar con una red estable de centros que aportan libertad, calidad y equidad en estas enseñanzas, y permite que todos los alumnos puedan elegir, y no sólo unos pocos.

José Antonio Poveda González, secretario Regional de Escuelas Católicas de Madrid

José Antonio Poveda

Secretario regional de Escuelas Católicas Madrid

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