El Supremo ratifica la ilegalidad de la supresión de conciertos de FP
Por MDO
jueves 24 de noviembre de 2016, 12:29h
El Tribunal Supremo ha ratificado la ilegalidad de la supresión de conciertos de Formación Profesional (FP). De esta forma, el alto tribunal reconoce el derecho de los centros de FP de grado superior a mantener su concierto educativo, declarando ilegal la retirada de esos conciertos decidida y ejecutada en 2013 por el anterior equipo de gobierno de la Comunidad de Madrid, según ha informado Escuelas Católicas de Madrid en un comunicado.
Este miércoles el Tribunal Supremo ratificó la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2015 en la que declaraba que los centros de enseñanzas profesionales de Grado Superior tenían derecho al concierto, sin que este pudiera ser suprimido de forma "discrecional" por la administración educativa.
"Con esta sentencia del Supremo, se cierra el proceso judicial abierto por las titularidades de los centros de FP afectados por dicha supresión, abriéndose ahora el diálogo con el Gobierno que nos debe llevar a la reparación del daño sufrido por los centros afectados, por sus profesores y por sus comunidades educativas, y a la reinstauración de los conciertos suprimidos", han informado desde Escuelas Católicas de Madrid, la marca de FERE-CECA MADRID que representa a los titulares de aproximadamente 340 centros integrados, en su inmensa mayoría concertados.
"La medida declarada ilegal afectó de forma indiscriminada a todos los centros concertados de Formación Profesional de Grado Superior de la Comunidad de Madrid, lo que supuso el cierre de más del 25 por ciento de las aulas, la pérdida de puestos de trabajo del profesorado, la modificación de sus condiciones laborales, y lo que es peor, la alteración del derecho de elección de centro por parte de miles de alumnos que deseaban optar por estas enseñanzas profesionales", han indicado desde esta organización.
Escuelas Católicas de Madrid ha mostrado así su congratulación por esta sentencia que, "en definitiva, viene a reiterar que los conciertos educativos son un derecho de la sociedad, incluso cuando afectan a estas enseñanzas postobligatorias". Asimismo, "felicita a las titularidades de los centros que recurrieron aquel acto administrativo, con los cuales se ha mantenido en todo momento una estrecha coordinación y colaboración que ha conducido a esta exitosa noticia".
Foro asociado a esta noticia:
El Supremo ratifica la ilegalidad de la supresión de conciertos de FP
Últimos comentarios de los lectores (3)
3157 | Emilio Díaz - 26/11/2016 @ 07:45:56 (GMT+1)
¡Efectivamente, Robespierre! En leyes "menores" como la Ley ORGÁNICA reguladora del Derecho a la Educación (LODE, año 1985), que por serlo (orgánica), es desarrollo de un derecho fundamental proclamado en el art. 27.1 de la Constitución (derecho a la educación y libertad de enseñanza). Un saludo.
3140 | Robespierre - 24/11/2016 @ 22:16:56 (GMT+1)
Los conciertos educativos con centros privados para nada son un derecho constitucional, están amparados en otras leyes de rango menor.
3138 | Emilio Díaz - 24/11/2016 @ 19:43:19 (GMT+1)
Una gran noticia que acredita la naturaleza constitucional de los conciertos, que no son otra cosa sino el instrumento para el ejercicio de un derecho fundamental (art. 21.1 CE)