www.madridiario.es
La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, a su llegada al Tribunal Superior de Justicia, a 22 de mayo de 2024
Ampliar
La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, a su llegada al Tribunal Superior de Justicia, a 22 de mayo de 2024 (Foto: Diego Radamés / Europa Press)

El fiscal pide el archivo de la querella del novio de Ayuso por presunta revelación de secretos

Por MDO/E.P.
miércoles 22 de mayo de 2024, 13:38h
Actualizado: 26/05/2024 13:49h

La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el archivo de la querella de Alberto González Amador contra los fiscales por un presunto delito de revelación de secretos por funcionario y lamenta que el magistrado instructor no dirija la investigación contra el "entorno" de la defensa del novio de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso.

Así consta en un escrito, al que tuvo acceso Europa Press y ha adelantado la Cadena Ser, en el que el fiscal Javier Montero insta al "archivo de las presentes actuaciones por carecer de relevancia penal la emisión de la nota de prensa difundida por la Fiscalía el pasado 14 de marzo".

Reclama "la inhibición de las presentes actuaciones a los Juzgados de Instrucción de Madrid por carecer de competencia objetiva el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al no existir ningún indicio de criminalidad en los hechos atribuidos en la querella a los dos querellados".

En el escrito, el fiscal asevera que se está "ante una investigación meramente prospectiva basada en simples sospechas, que no alcanzan ni de lejos la categoría de indicios y que, sin embargo, el instructor considera suficientes para proceder a ella".

En los argumentos, el fiscal esgrime que "ni la querella explica el fundamento y finalidad de esas diligencias interesadas, ni el instructor hace ningún razonamiento sobre su pertinencia, necesariedad o relación inmediata con los hechos objeto de la querella". "Es más, lo que hace el Magistrado instructor en su resolución es admitir todas y cada una de las diligencias solicitadas, sin alterar una sola coma o vocablo respecto a la propia exposición de la querella", critica.

Recalca a continuación que "el instructor está dando carta de naturaleza a la versión expuesta en la querella, que no olvidemos, es la versión unilateral de una parte procesal y con la que en absoluto está conforme el Fiscal".

Así, lamenta que "no se tienen en cuenta ni se efectúa pronunciamiento judicial alguno en relación con los argumentos del Ministerio Fiscal expuestos en el informe que evacuó sobre la admisión a trámite de la querella" y critica que se "da prácticamente por supuesto que la filtración de los correos electrónicos entre el Fiscal y el abogado de Alberto G. A. y también de la denuncia interpuesta en su día y remitida al Juzgado Decano de Madrid ha sido obra de la Fiscalía".

Critica que no se investigue el entorno de la defensa

Le resulta "sorprendente" además que "teniendo el órgano judicial la misión de averiguar la verdad jurídica material, la investigación exclusivamente se dirige hacia miembros del Ministerio Fiscal y no hacia otras personas que hayan podido tener algún tipo de intervención en estos hechos".

Por ello, "y dado que otras personas indiciariamente implicadas en estos hechos no son objeto de investigación", el fiscal anuncia que "instará en la tramitación de este procedimiento, en su caso, la práctica de aquellas diligencias a que hubiera lugar en averiguación de los hechos, de la verdad jurídica material, que es el objetivo principal de la fase de instrucción de cualquier procedimiento penal".

En otro apartado, critica las diligencias solicitadas para que se indique quienes son los responsables de la difusión del comunicado, ya que entiende que parte "de un hecho que no considera cierto ni respecto del que exista ningún indicio: que se hubiera producido una brecha de seguridad en la Fiscalía Provincial de Madrid".

Asevera al respecto que "tal afirmación debe ser objeto de prueba y no tomada como una acrítica conclusión, pues que la filtración proviniese de la Fiscalía es una hipótesis remota respecto de la que no existen indicios suficientes".

"La posible violación de seguridad pudo producirse, especialmente, en el entorno del investigado por los hechos denunciados por el Ministerio Fiscal, puesto que es donde de forma objetivamente constatable se produjo la primera filtración de los correos electrónicos remitidos para alcanzar una conformidad", por lo que entiende que "estas diligencias resultan de todo punto improcedentes".

No hay indicios contra Fiscalía

Insiste en que "ningún indicio o prueba material existe de que la filtración de los correos electrónicos fuera realizada desde el ámbito de la Fiscalía, sino que más bien parece que se hizo desde el entorno de la defensa".

Así, recuerda que a las 23:00 horas del 13 de marzo de 2024 un diario digital publicaba una noticia, "contraria a la realidad", según el fiscal, sobre "el ofrecimiento por parte de la Fiscalía de un acuerdo a González, y que reproducía contenidos concretos de los correos electrónicos".

"Ese medio cita en el desarrollo de la noticia 'fuentes próximas a la defensa', lo que excluye naturalmente que partiera de ninguno de los querellados aforados ni de la Fiscalía", recoge el escrito del fiscal.

González Amador ratifica ante el TSJM la querella

Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ha ratificado este miércoles ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la querella que presentó contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal Julián Salto.

Según han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press, González Amador ha comparecido ante el tribunal después de que el magistrado de la Sala Civil y Penal que tramita la querella le citara para este miércoles a las 13:30 horas porque la pareja de Ayuso tenía un compromiso laboral el viernes, para cuando fue citado inicialmente.

González Amador ha acudido a la cita judicial en la madrileña calle General Castaños, con un único acceso principal, después de comparecer el pasado lunes ante los juzgados de Plaza de Castilla, donde estaba llamado a declarar como investigado por la presunta comisión de dos delitos fiscales y uno de falsedad documental.

Dicha declaración, sin embargo, se aplazó finalmente hasta el próximo 24 de junio. En su visita a los juzgados, evitó a toda costa ser captado por los periodistas y abandonó la sede judicial tres horas después de anunciarse la suspensión de su interrogatorio. Hoy, en cambio ha entrado y salido ante los medios por la puerta principal.

Primera diligencia

La citación de este miércoles supone una de las primeras diligencias en la causa a los efectos de ratificar las respectivas querellas. La supuesta revelación de secretos guarda relación con la nota aclaratoria difundida por la Fiscalía de Madrid en la que se informaba sobre el cruce de correos entre el abogado de González Amador y el fiscal relativos a la investigación por un presunto fraude fiscal.

Entre las diligencias, el magistrado acordaba validar los artículos de prensa aportados por las partes querellantes, con la finalidad de acreditar su realidad y autentificación de dicha publicación y ordenaba dirigir oficio "a los medios de comunicación que los hayan publicado".

Lo hacía "a fin de que, por quien corresponda de los citados medios, se certifique sobre la realidad y autenticidad, con expresión de la fecha y hora, en su caso, en que se realizó la publicación, con identificación del periodista o autor de la reseña periodística en cuestión".

Quién autorizó el comunicado

También se solicitaba que se indique "quién o quiénes fueron las personas físicas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público dicho comunicado de prensa y el máximo responsable (en rango) de la carrera fiscal que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado".

De igual modo, pedía que se remita relación y copia del soporte original de todas las comunicaciones mantenidas por el Ministerio Fiscal (emails recibidos y enviados) con el abogado de Alberto González Amador con ocasión de la defensa del mismo antes y después de hacerse público el comunicado.

La Sala exponía que "el juicio de admisión de una querella a trámite ha de resaltarse que ni prejuzga en modo alguno ni condiciona el devenir procesal de la causa".

"Se trata exclusivamente, desde un punto de vista indiciario, de examinar, la posible apariencia delictiva inicial de los hechos que se imputan en la querella, y siempre que se disponga de algún elemento que avale racionalmente su verosimilitud, más allá de la simple afirmación del querellante de la existencia de delito sin ningún apoyo objetivo", señala.

En contra de la fiscal

La admisión de la querella se produjo después del informe en contra de la fiscal María de la O Silva, quien instó a su inadmisión al carecer de relevancia penal.

En el auto de admisión, la Sala estimaba que "sin que pueda entenderse nunca la admisión de una querella como un acto de imputación anticipada, ni una calificación ultimada de los hechos, ha de investigarse el verdadero alcance del conjunto de los hechos relatados en el escrito de la querella".

"Solamente de este modo puede cumplirse con una finalidad esencial del sumario, tal y como se contempla en el artículo 299 de la LeCrim, y que consiste en la determinación de todas las circunstancias que puedan influir en la calificación de los hechos, siempre que estos revistan indiciariamente carácter delictivo", señalaba.

Hechos "atípicos"

La Sala de lo Civil y Penal del TSJM no coincidía con el Ministerio Público cuando considera que procede la inadmisión de la querella, dado que, a su juicio, "los hechos que en ella se relatan resultan atípicos".

Los jueces, en cambio, entienden que este argumento acota el debate desde una perspectiva muy concreta que no parece abarcar todas las proyecciones del ámbito penal de la revelación de secretos.

Los magistrados agregaban que "en su informe el Ministerio Fiscal da razón de por qué facilitó una nota informativa" en alusión a que apuntó que se realizó "para salir al paso de determinadas informaciones".

Además, negaba la Fiscalía que en esa nota informativa conste nada que no fuese conocido, afirmado que se veía "facultado por su propia normativa orgánica al anudar al libre ejercicio de la libertad de información el deber de trasladar a la sociedad el hecho noticiable".

Así, señalaba la Sala, "es de analizar si se ha visto vulnerado el deber de confidencialidad y reserva inherente a las actuaciones penales, entre las que se comprende las preprocesales a cargo del Ministerio Fiscal y ello requiere, a su juicio, una indagación que sólo puede abordarse adecuadamente mediante la oportuna instrucción de la causa".

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
1 comentarios