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OPINIÓN

Electricidad: aumenta el frío del próximo invierno

Por Joaquín Galván Vallina
martes 31 de agosto de 2021, 08:50h
Actualizado: 01/09/2021 14:00h

Este mes de agosto hemos visto pulverizados los récords que se venían registrando en el precio de la luz, sucediéndose los máximos históricos y situando el precio medio mensual por encima de los 100 euros/MWh.

Podemos ver el desglose de la factura de la luz, que nos permite bucear en sus características y valorar su naturaleza. La nueva estructura de la factura del suministro de electricidad, en vigor desde el 1 de junio de 2021, se compone de varios conceptos:

  1. a) El coste de la energía.
  2. b) Los costes regulados, que incluyen entre otros, desde el coste de las redes de transporte y distribución al fomento de las energías renovables, al mayor coste de producción en los sistemas no peninsulares y las anualidades para recuperar el déficit de tarifas. Estos costes se incorporan en lo que actualmente se denomina tarifa de acceso.
  3. c) El margen para la comercializadora por los servicios prestados.
  4. d) Alquiler del equipo de medida.
  5. e) Impuestos.

¿Qué es lo que se modifica en esta nueva factura?

En cumplimiento de la normativa europea, Real Decreto-ley 1/2019, se introduce la separación de la tarifa de acceso en dos componentes: peajes y cargos.

Los peajes son precios regulados destinados a recuperar los costes de las redes de transporte y distribución y son determinados por la CNMC.

Los cargos son los precios regulados destinados a cubrir el resto de costes regulados, tales como la financiación de las renovables, el sobrecoste de producción de energía en los territorios no peninsulares o las anualidades del déficit, y son determinados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

¿Cuál es el peso de cada componente en la factura? Según la CNMC, los pesos se distribuyen de la siguiente manera:

En los consumidores domésticos, los peajes y cargos vienen a suponer, aproximadamente, la mitad del coste de la factura (es decir, en conceptos que no son propiamente el coste de producción de la electricidad, lo que ya parece fuera de lo razonable). El peso de cada componente puede variar con el perfil de consumo, y del precio de la energía en el mercado.

Sin discriminación horaria Con discriminación horaria

Energía 24,1% 27,7%

Peaje 22,0% 20,5%

Cargos 32,6% 30,4%

Impuestos 21,4% 21,4%

Vemos que entre el 24,1% y el 27,7% de la factura está destinado a pagar el coste de la energía (que depende fundamentalmente del precio que se fija en el mercado), mientras que los precios regulados de los peajes y cargos, más los impuestos, suponen entre el 72,3% y el 75,9%. Como podemos apreciar, poco mercado entra aquí en juego.

La factura de la luz: Componentes

¿Qué costes se incluyen en la factura de la luz? Siguiendo el esquema de la CNMC, podemos comentar cada uno de ellos.

  1. Coste de la energía

El coste de la energía consumida está en función del precio que se fija en el mercado. Este precio se determina para cada hora del año con el cruce entre ofertas de las empresas productoras de energía y la demanda de empresas comercializadoras y consumidores.

En este mercado mayorista, también llamado “pool” eléctrico se determinan los precios por medio de una subasta en la que las cinco principales empresas productoras, que tienen a su vez filiales comercializadoras, tienen un papel primordial. Todas las distintas tecnologías de las centrales que operan (hidroeléctrica, renovables, nuclear, ciclo combinado de gas, entre otras) entran en el mismo pool con sus ofertas a precios distintos, ya que no todas producen al mismo coste.

En el mercado que opera en España el precio se determina con la entrada de las distintas tecnologías de producción, primero las baratas (como nuclear o eólica) y después las más caras (como las de combustibles fósiles, como el gas natural). El precio final que se asigna al kilovatio es el más caro entre las fuentes que concurran en la puja, y es el mismo para todas las empresas generadoras (independientemente de la tecnología). Se optó por este sistema de coste marginal en vez de otros más razonables, como podría ser el coste medio ponderado. Esto beneficia a las empresas productoras, ya que las centrales que producen a coste bajo -como la hidroeléctrica o la nuclear- son retribuidas a precios muy inflados. Por otro lado, esto estimula a las empresas a utilizar fuentes de energía más caras y contaminantes- como las de combustibles fósiles- y que, como ocurre ahora, el gas esté marcando el precio marginal máximo para toda la energía eléctrica.

Como se ha puesto de manifiesto, los factores clave en la subida del precio de la luz en el mercado son el alto precio del gas, por problemas de suministro en Rusia y acumulación de stock en Occidente ante el invierno, y una importante alza de los derechos de emisión del CO2 que deben comprar estas plantas para poder quemar gas (los futuros del gas están muy altos y se prevé que la situación continúe así hasta finales de año).

El debate político se ha centrado en gran medida en el alza continua de los precios de la electricidad, y el Gobierno ha llegado a plantearse crear una empresa pública energética sobre la base de no renovar la concesión de las centrales hidráulicas. No obstante, esta posibilidad se daría a muy largo plazo y la creación de una empresa pública energética no tendría por qué ser más eficiente por ser pública, sino más bien lo contrario (por múltiples causas, como amiguismo, criterios empresariales centrados en la política o burocratización). Esto ya lo asumieron hace años tanto el PSOE como el PP, al acometer casi a medias la privatización del sector público empresarial.

Además, el coste de la energía incorpora algunos conceptos regulados:

  1. a) Pagos por capacidad: se trata de un coste regulado cuyo objetivo es que exista capacidad de producción de energía de la que realmente se necesita, con objeto de asegurar el suministro de electricidad a los consumidores.

Es una subvención que da el Estado a las centrales de carbón y gas sólo por el hecho de estar “de guardia” y dar respaldo al sistema. A veces, estas centrales llevan mucho tiempo ociosas.

También parte de la gran industria consumidora recibe retribuciones por la llamada prima de interrumpibilidad, que se paga para que reduzcan sus consumos en momentos de gran demanda, para garantizar el suministro y evitar apagones.

  1. b) Operador del sistema: es la retribución del agente responsable de la gestión técnica del mercado, encargado de garantizar la coincidencia de la producción de energía y el consumo en tiempo real. El operador del sistema es Red Eléctrica de España (REE), una empresa semi-estatal controlada por el Estado que trabaja en régimen de monopolio.
  2. c) Operador del mercado: es el agente responsable de la gestión económica del mercado. Su principal labor consiste en casar las ofertas de venta y compra de energía y determinar el precio de la energía en cada hora del día. El Operador del Mercado Ibérico de Energía (OMIE) es retribuido por cumplir esta función.
  3. Costes regulados

Los costes regulados los pagan todos los consumidores por obligación y son en buena parte decisiones de política energética.

Actualmente los costes regulados se recuperan mediante las tarifas de acceso.

- Costes de las redes de transporte y distribución: incluye la retribución a las empresas que construyen las líneas para transportar la energía desde las centrales de producción hasta los puntos de consumo.

- Costes asociados al fomento de energías renovables: es una retribución adicional a la que obtienen del mercado para incentivar la implantación de centrales de generación de energía renovable

Estas primas suponen casi el 40% de los costes regulados y el cálculo de estos incentivos está profundamente cuestionado. Con las primas a las renovables España invirtió una gran cantidad de dinero en el desarrollo de estas fuentes de generación eléctrica cuando la tecnología estaba en proceso de desarrollo y era más cara, asumiendo gran parte del coste de investigación y desarrollo de la misma, mientras que otros países avanzados no lo hicieron en la misma medida. Se mejoró la eficiencia y rentabilidad de las renovables y todos los demás países se pudieron beneficiar de que el bolsillo de los españoles les había financiado la curva de aprendizaje. Es importante que la energía sea limpia, pero sin sacrificar la eficiencia.

- Diferencial del coste de producción en los territorios no peninsulares

Para retribuir el sobrecoste de producción en las islas, Ceuta y Melilla, que se reparte entre todos los abonados del Estado, en vez de financiarse solidariamente a través de los presupuestos generales del Estado.

- Anualidades para recuperar el déficit de ejercicios anteriores, motivado por la insuficiencia de los ingresos para cubrir los costes reconocidos.

El déficit de tarifa es la diferencia entre lo que pagamos los consumidores por la electricidad y lo que supuestamente deberían cobrar las eléctricas (prometido por el Gobierno mediante un decreto).

- La CNMC es el organismo responsable de establecer la retribución de las actividades de redes, los peajes de transporte y distribución y de supervisar el buen funcionamiento del mercado. Por ello recibe la correspondiente retribución.

  1. Margen de comercialización

El margen de comercialización constituye el pago a la comercializadora por los servicios que presta (por ejemplo, comprar la energía en el mercado para nuestro consumo, gestionar las modificaciones de potencia, emitir la factura, etc.)

El margen de comercialización puede ser:

- Precio regulado para los consumidores acogidos al PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) y consta de un término fijo por potencia contratada y un término variable por la energía consumida.

- Libremente pactado para el resto de consumidores. Normalmente está incluido en el coste de la energía.

  1. Alquiler de equipo de medida: es el precio regulado cobrado a aquellos consumidores que no tengan un contador en propiedad.
  2. Impuestos

Actualmente la factura de la luz incluye los siguientes impuestos:

- El impuesto sobre la electricidad (IE)

Este impuesto es común para todos y se aplica para que el Estado invierta ese dinero en otras energías menos contaminantes

- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El IVA correspondiente a la electricidad era del 21%, aunque desde el pasado 24 de junio el Gobierno aprobó un Decreto-Ley para reducir los impuestos que se aplican al suministro de energía eléctrica y, en virtud del cual, la factura de la luz de los hogares, los autónomos, las PYMES y el conjunto de las empresas baja su IVA del 21% al 10% hasta finales de año, y también se suspende durante tres meses el impuesto del 7% a la generación de energía eléctrica.

Los impuestos suponen un 21,4% del total de la factura (hasta diciembre menos), dándose la circunstancia de que el IVA se aplica sobre una partida de impuestos previos incluidos en la factura o, lo que es lo mismo, impuestos sobre impuestos. Se puede argumentar la naturaleza de la electricidad como un bien imprescindible para las personas y promover la aplicación de un IVA especialmente reducido para la misma.

El hecho es que el mercado de la electricidad no es un prodigio en cuanto a libre competencia. Hay pocos competidores y tienen un poder elevado para influir sobre el precio del bien, tiene elevadas barreras de entrada, el sistema de subasta es cuestionable y la electricidad ha pasado a ser un bien imprescindible dentro de la economía. No obstante, en cuanto a los costes de producción, el precio elevado se ajusta relativamente bien al ya caro coste del producto; afectado actualmente de forma considerable por los precios internacionales, por la dependencia del exterior y por las limitaciones de eficiencia en cuanto a la producción.

Lo que resulta sorprendente es que los peajes y cargos vengan a suponer, aproximadamente, la mitad del coste de la factura. Es decir, la mitad de la factura está sujeta a precios regulados, determinados lejos del juego de la oferta y la demanda del mercado. Sería deseable pagar en la factura sólo los gastos concernientes a electricidad, y no tener emboscada una serie de gastos que debieran figurar en los presupuestos generales del Estado y otras partidas. En cuanto a impuestos, la aplicación del IVA a una base imponible hinchada por unos precios en escalada, gastos regulados y otros impuestos, lleva al Estado a ser el principal beneficiario de esta subida de precios: el concepto contemporáneo de “pobreza energética” se va haciendo sinónimo de “pobreza fiscal”.

Para concluir, resaltar que el efecto de la subida de precios de la electricidad no se queda en una anécdota. Si no se soluciona el problema energético en su conjunto (incluyendo el tema tabú de la energía nuclear) subirá la inflación -el impuesto de los pobres-, los ciudadanos verán reducido su poder de compra, las empresas verán mermados sus resultados vía aumento de costes y la economía en conjunto perderá competitividad.

Joaquín Galván Vallina

Doctor en CC. Económicas y Empresariales

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