La Audiencia Provincial admite los recursos que la defensa interpuso por la prohibición de acceder a datos confidenciales. La Audiencia considera que la nueva regulación de la leyes de Enjuiciamiento Criminal y Orgánica del Poder Judicial, obliga a que los abogados defensores "tengan acceso a los elementos de las actuaciones que resulten esenciales para impugnar la privación de libertad del investigado" aunque la causa se encuentre secreta, cosa que no sucedió en este caso.
El Juzgado de Instrucción número 7 de Parla, en opinión de la Audiencia Provincial, no ha tenido en cuenta de modo suficiente este hecho y ha vulnerado la norma vigente "puesto que no ha proporcionado, como resulta imperativo" a los letrados, aquella información esencial para oponerse al ingreso en prisión de sus clientes.
El auto especifica que, entre estos datos esenciales a los que los abogados deben tener acceso, se encuentra el expediente en casos de arrestados en procedimiento bajo secreto de sumario y sugiere al juez instructor que plantee una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si su criterio difiere. Los cambios en la legislación se introdujeron a raíz de dos directivas europeas que especificaban que sólo podía denegarse a los abogados acceder a materiales si esto supusiera una amenaza grave para la vida o los derechos fundamentales de otra persona. "La falta de entrega a los recurrentes de los documentos de la causa le genera indefensión al impedirle articular su impugnación con una información suficiente y mermar su potencial eficacia", indica el auto.
El abogado Gómez-Jara que defiende a Gang, actual director de ICBC Luxemburgo, ha mostrado su satisfacción por la decisión y ha avanzado que la decisión "tendrá un impacto significativo en futuros procedimientos".