Transportes

El Supremo declara ilegal la huelga en Metro sin servicios mínimos de 2010

Jueves 14 de febrero de 2013
El Tribunal Supremo ha ratificado por tercera y última vez que la huelga que llevaron a cabo los sindicatos en el Metro de Madrid los días 29 y 30 de junio de 2010 fue ilegal, al no cumplirse los servicios mínimos decretados por la Comunidad de Madrid para estos paros.

La sentencia, contra la que ya no cabe recurso alguno, ratifica que Metro de Madrid tuvo en esos dos días de paros unas pérdidas económicas de 4.747.295 euros, derivadas del incumplimiento de los servicios mínimos legalmente establecidos. En esas dos jornadas de huelga los sindicatos convocantes impidieron que saliera ningún tren para prestar el servicio a los viajeros durante las 48 horas que duraron los paros.

Con esta son ya tres las veces que la Justicia se ha pronunciado a favor de la declaración de ilegalidad de la huelga y las pérdidas económicas que acarreó y en todas ha dado razón a Metro de Madrid.

La primera ocasión fue el 24 de enero de 2011, cuando el Juzgado de lo Social número 16 de Madrid declaró ilegal la huelga. Los sindicatos presentaron un recurso de casación contra aquel fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que fue desestimado en febrero de 2012, confirmando así la ilegalidad de la huelga.

Ahora de nuevo el Supremo falla a favor de Metro de Madrid con este tercer auto y de este modo confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social. La empresa ha informado este jueves en una nota de prensa que interpondrá una nueva demanda para reclamar los daños y perjuicios reconocidos en la sentencia.

Responsabilidad patrimonial
Poco después de que se hiciera pública la noticia, el consejero de Presidencia y Justicia y portavoz del Gobierno regional,  Salvador Victoria, ha anunciado que Metro de Madrid iniciará acciones de responsabilidad patrimonial contra los sindicatos convocantes de los paros.

"El Supremo ha dicho que no es admisible en derecho esta huelga tomando como rehenes a los ciudadanos, y es un varapalo importante", ha considerado Victoria, quien ha insistido en que la Comunidad no va a "permitir" que "sean los ciudadanos los que paguen las consecuencias de esta huelga irresponsable".

Victoria ha destacado, además, que el Supremo ha venido a decir "que están prohibidas en España las huelgas con rehenes" que es, a su juicio, "lo que se produjo en aquellas fechas y "posteriormente", con otras convocatorias que se han desarrollado en los dos últimos años. Para el portavoz madrileño, es "inaceptable" que los sindicatos planteen estas huelgas "sin el respeto a unos servicios mínimos", que son la "garantía de la proporcionalidad".

"Ventajas" de trabajar para Metro
Asimismo, el portavoz del Gobierno regional ha asegurado que el 99 por ciento de los empleados de Metro cuentan con un contrato indefinido y que los recién ingresados comienzan ganando 29.200 euros, si son personal de estación, y 31.130 euros, si son conductores. Así, según Victoria,  Metro de Madrid destina más de 360 millones de euros anuales únicamente en pagar los salarios de sus trabajadores, un tercio del presupuesto anual de la compañía. 

Victoria también ha hecho referencia al régimen general de los permisos, explicando que una parte fija once días naturales por encima de las vacaciones para atender asuntos propios.

Fuentes del Gobierno madrileño han añadido que los trabajadores de Metro cuentan con anticipos de hasta seis mensualidades del Salario Base y Antigüedad con posibilidad de devolución hasta en 30 meses, para asuntos particulares y en casos de tramitación de un proceso de adopción. En estos momentos hay 6,8 millones euros en anticipos. También se ofrecen préstamos para la adquisición de primera vivienda habitual, para formalización de escritura pública de compraventa o siniestros acreditados en la vivienda, por importes que ascienden a 3.005,06 euros para la adquisición de vivienda habitual y que se constituya como residencia habitual del agente.

Los empleados de la empresa pública cuentan además con Abono Transporte gratuito, según su zona de residencia, un título que hasta este mismo año también recibían los jubilados y sus cónyuges.

Victoria ha destacado que también los cónyuges de los fallecidos tienen derecho a su incorporación indefinida en la empresa y que se les ofrece el título de transporte para viajar en Metro, una medida que se hace extensible a los hijos de trabajadores, siempre que vivan en el domicilio del agente que lo solicita y no estén en situación laboral. Esto, según han explicado, está considerado "retribución en especie". Entre las ventajas contempladas en el convenio se encuentra también una tarjeta de regalo de Reyes para los hijos de agentes menores de 14 años, por un importe de 30 euros por hijo, aunque ya en 2012 no se ha entregado.

Los sindicatos, descontentos
Por su parte, el secretario del Comité de Empresa de Metro de Madrid y representante de CC.OO en el suburbano, Ignacio Arribas, ha expresado su desacuerdo con la sentencia del Supremo. Además, ha considerado "incoherentes" los planes de Metro de Madrid de iniciar acciones de responsabilidad patrimonial contra los sindicatos.

Sobre los planes de presentar una reclamación de indemnización a los convocantes, Arribas ha declarado que le parece chocante, ya que esta petición no aparecía en la segunda denuncia que interpuso Metro. Por tanto, el representante de CCOO ha afirmado que si finalmente se incluye esta petición los abogados sindicales analizarán el caso y comprobarán que hechos han prescrito.

Asimismo, Ariibas ha ironizado con la posibilidad de que Metro pida indeminazaciones por los daños causados cuando no se han presentado reclamaciones por los "millones de viajeros" que ha perdido la compañía.

Finalmente, el representante sindical ha añadido que le resulta "extraño" que en los últimos años hayan existido varias sentencias por incumplimiento de unos servicios mínimos que considera "abusivos".