La afectada se dirigió al Hospital Puerta de Hierro para informar que se había producido un contagio, ante lo cual se inició una investigación de oficio realizada por la Dirección General de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid que confirmó que, antes de la intervención practicada a la demandante, se realizó otra operación a una paciente infectada con el virus contagioso.
Ante ello, se estableció la hipótesis de que el contagio se podría haber producido a través de un envase multidosis que contenía suero fisiológico y que fue utilizado con las dos pacientes. Sin embargo, los peritos de la aseguradora Zurich, que iniciaron su investigación a instancias del Hospital, determinaron que lo anteriormente expuesto no era "suficiente" para establecer una relación de causalidad entre el funcionamiento de la administración y el contagio de la Hepatitis C.
En su fallo, los magistrados concluyen que, durante la intervención, no se siguieron las normas de la 'lex artis' (buena práctica médica) por lo que la Administración ha de responder por la actuación anormal de sus servicios médicos.
El Defensor del Paciente considera esta sentencia "importantísima", puesto que a su juicio "evidencia la falta de objetividad de los peritos de Zurich" debido a que "los informes que realiza Dictamed son un verdadero escándalo".
Según el Defensor del Paciente, cientos de personas son infectadas de Hepatitis C que no pueden denunciar, pero con esta sentencia "se ha dado un gran paso para poder demostrar este tipo de casos de forma favorable para los pacientes de los abogados".