La sentencia del tribunal, también prohíbe al condenado comunicarse o aproximarse a la víctima y a sus dos hijas a una distancia inferior a 500 metros durante 15 años. La resolución declara expresamente probado que Nourdine A.R., en situación irregular en España, se dirigió el 19 de enero de 2006 a María del Carmen M.M. cuando se hallaba en el domicilio en el que ambos convivían y le amenazó con quemarle la casa.
"Y con tus hijas ten cuidado, que sé el colegio en el que estudian y sus horarios de entrada y de salida, e igual no vuelves a ver a la pequeña", afirmó el condenado mientras arrojaba objetos de la casa al suelo. Cuando María del Carmen M.M. salía de la comisaría de policía de haber denunciado estos hechos, el imputado le llamó en numerosas ocasiones por teléfono y le amenazó diciéndole: "o vuelves conmigo o no vuelves a ver a tus hijas".
Dos horas después, ambos coincidieron en la calle, en donde Nourdine A. sacó un cuchillo y de dijo que o volvía con él o la mataba. A consecuencia de estos hechos, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Madrid dictó un acto en el que prohibía al imputado acercarse y comunicarse con Carmen M.M. y a sus dos hijas, pero durante la vigencia de esta medida cautelar, el procesado se acercó al colegio de las niñas y al parque al que solían ir, preguntándolas continuamente por su madre.
Además, Nourdine A. abordó el 10 de marzo de 2006 a la víctima cuando regresaba a su domicilio. "O me dejas entrar en la casa o te mato", manifestó el acusado tras arrebatarle las llaves del domicilio. Ante esta situación, María del Carmen, amedrentada, se vio obliga a dejarle entrar en el inmueble.
"A partir de este momento el procesado obligó a la mujer a permanecer, durante un número de días que no ha quedado determinado, próximo a una semana, todo el tiempo en su compañía, bien dentro de la casa, bien en las salidas que éste efectuaba. Durante este tiempo, Nourdine agredió a María del Carmen en varias ocasiones, asestándole puñetazos y tirones de pelo, amenazándola reiteradamente con que iba a matar a sus hijas y a ella misma", recoge la resolución judicial.
Fue precisamente en una las salidas de Nourdine cuando la víctima logró huir, para, inmediatamente después, denunciar los hechos en una Comisaría de Policía. El imputado se encuentra en prisión provisional por esta causa desde el 24 de marzo del 2006.
El tribunal sostiene que la víctima se manifestó en el juicio "con claridad, precisión y detalle en el relato de los hechos, sin incurrir en contradicciones, explicando los distintos episodios violentos de los que ha sido víctima de forma convincente y plenamente verosímil".
Por este motivo, por su coherencia con las declaraciones realizadas en dependencias judiciales y policiales, y por no existir motivaciones espurias que puedan llevar a pensar que María del Carmen actuó movida por resentimiento, el tribunal considera que se ha destruido la presunción de inocencia del acusado.
La Audiencia madrileña considera los hechos narrados constitutivos de un delito de coacciones, un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, otro de malos tratos habituales, un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y dos delitos de amenazas leves.
Por todo ello, el tribunal le condena a seis años y diez meses de prisión, le prohíbe comunicarse o aproximarse a la víctima y a sus dos hijas a una distancia inferior a 500 metros durante 15 años y le obliga a indemnizar a la agredida con 1.200 euros por los daños morales sufridos.