Según la letrada, "las pruebas de cargo inducían a un fallo condenatorio" como así acabó siendo, por lo que "no se respetó la presunción de inocencia". En este sentido, añadió que "no ha quedado determinado" que su cliente fuese el autor del crimen y recordó como los testigos que participaron en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional "admitieron haber estado de espaldas en el momento del disparo y que la única que persona que los vio no acudió a la vista".
"Los propios miembros de los GRAPO que testificaron en el juicio reconocieron que Martín Ponce iba con el también terrorista Israel Torralba, pero nunca reconocieron que mi cliente fuese el autor del crimen contra el policía nacional", concluyó.
En contra de la exposición de la abogada, el fiscal comenzó replicando que "es muy fácil saber lo que pretendía ese sujeto cuando coge una pistola y dispara en la cabeza a otra persona", por lo que añadió que "el fallo de la Audiencia Nacional no está inducido".
En presencia de su mujer
Asimismo, recordó que el testigo protegido que no pudo ir al juicio y al que había hecho referencia la abogada del condenado, "era la viuda del policía asesinado que ya había identificado anteriormente a Martín Ponce en dependencias policiales". Por todo ello, sentenció que no se había incurrido en ninguna vulneración de garantías y solicitó al Tribunal que se confirme la condena contra el 'grapo'.
Según los hechos probados de la sentencia, el 17 de noviembre de 2000 Martín Ponce abordó en compañía de Ismael Torralba al policía nacional Francisco Javier Sanz Morales cuando salía del colegio público 'Luz Casanova', situado en la calle Alondra del distrito de Carabanchel, y le disparó un tiro en la cabeza que le provocó la muerte.
Durante el juicio, que se celebró en julio pasado, Martín Ponce se negó a contestar a ninguna pregunta y se limitó a comparar a la Audiencia Nacional con "el Tribunal de Orden Público y los tribunales franquistas". "Este tribunal no tiene ninguna legitimidad sobre mí", aseguró.