Medio Ambiente

La Comunidad refuerza el control del uso de ahumadores en las explotaciones apícolas para prevenir incendios

La Comunidad de Madrid supervisa el uso de ahumadores en apicultura para prevenir incendios forestales (Foto: Comunidad de Madrid).
Redacción | Viernes 17 de julio de 2026

La Comunidad de Madrid está controlando el uso de los ahumadores utilizados en la actividad apícola con el objetivo de prevenir incendios forestales relacionados con esta práctica. La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) es la encargada de autorizar su utilización para que se lleve a cabo con las máximas garantías de seguridad, especialmente durante la campaña de alto riesgo de incendios forestales.

Según ha informado el Gobierno regional en un comunicado, la Comunidad cuenta actualmente con más de 16.600 colmenas repartidas en 626 explotaciones apícolas activas. Por ello, el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (Infoma) fija una serie de condiciones para el uso de estos dispositivos, que los apicultores emplean para generar humo y facilitar el trabajo con las abejas sin alterar su comportamiento.

Para ello es necesario encender fuego en el interior de los ahumadores, una operación que debe evitarse durante las horas centrales del día y que, por lo general, se realiza a primera hora de la mañana. Cuando las previsiones de riesgo de incendio lo permitan, los apicultores podrán solicitar la ampliación de ese horario tras la correspondiente consulta al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, deben adoptar distintas medidas preventivas, como retirar la vegetación y otros materiales combustibles del entorno más próximo a la colmena. Además, los ahumadores deben contar con una rejilla que impida la salida de chispas y es obligatorio apagar por completo los rescoldos al finalizar la actividad. Según el Ejecutivo autonómico, el cumplimiento de estas medidas ha permitido que en los últimos años no se haya registrado ningún incendio forestal originado por esta práctica.

Durante todo el año, el uso de estos dispositivos apícolas en terrenos forestales o en una franja de hasta 400 metros de su perímetro, siempre que no se trate de suelo urbano, requiere autorización de la Dirección General de Emergencias. En el caso de que la actividad se lleve a cabo en suelo urbano situado a menos de 50 metros del monte, será necesario comunicarla previamente.


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