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Los tribunales respaldan al Ayuntamiento en la disputa por el uso del auditorio Tierno Galván

Yoga Solidario en el parque Tierno Galván (Foto: AECC).
Redacción | Jueves 21 de mayo de 2026

La Justicia ha dado la razón al Ayuntamiento de Madrid frente al recurso presentado por la asociación vecinal Delicias para Todos contra el uso del auditorio del parque Enrique Tierno Galván, en el distrito de Arganzuela, para la celebración de eventos.

La magistrada considera que “no concurren motivos de nulidad radical” en la normativa aplicada y desestima el recurso interpuesto por la asociación vecinal contra el decreto firmado en julio de 2024 por la concejala-presidenta del distrito de Arganzuela, Dolores Navarro. Además, impone las costas del procedimiento a los demandantes. La sentencia, fechada el pasado 20 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

La asociación vecinal argumentaba que el decreto presentaba “graves contradicciones y una fundamentación deficiente” que, a su juicio, desvirtuaban la naturaleza del parque como zona verde de uso público. Según recoge la resolución judicial, el texto municipal buscaba compatibilizar el uso vecinal del auditorio con la celebración de eventos promovidos tanto por entidades públicas como privadas.

Los recurrentes sostenían además que la normativa municipal no permite autorizar eventos privados con acceso restringido en este tipo de espacios y denunciaban que el decreto introducía de forma “improcedente” el concepto de “interés general”.

Asimismo, defendían que las zonas verdes no pueden destinarse a fines particulares en detrimento de su uso público y alegaban que no se respetó el trámite de información pública ni las normas urbanísticas municipales.

Frente a ello, el Ayuntamiento defendió que resulta jurídicamente viable compatibilizar distintos usos sobre un mismo espacio público, siempre que el uso predominante siga siendo el público.

El Consistorio sostuvo además que el decreto no altera la naturaleza del parque, ya que regula únicamente las condiciones de uso del auditorio anfiteatro ubicado dentro del recinto.

Finalmente, la magistrada concluye que el recurso debe ser desestimado al compartir el criterio defendido por la Administración municipal tanto en la resolución impugnada como en su respuesta a la demanda.

El Ayuntamiento lo celebra

El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ha valorado positivamente en rueda de prensa el respaldo judicial a las actuaciones del Ayuntamiento, subrayando que la ciudad puede acoger conciertos y eventos en espacios públicos “con plena garantía del derecho al descanso que tienen los madrileños”.

Según ha explicado, la sentencia avala que la normativa municipal permite compatibilizar la celebración de actividades culturales y de ocio con el bienestar vecinal, especialmente en el entorno del parque Tierno Galván.

Carabante también ha destacado el papel de Madrid como referente para grandes citas culturales y musicales, poniendo en valor tanto su carácter familiar como la accesibilidad para los vecinos.

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