La norma regulara la actividad de más de 6.000 terrazas y de medio centenar de quioscos de hostelería y restauración en la capital. La Junta de Gobierno aprobó de forma definitiva el texto el pasado 23 de noviembre con el objetivo, según explicó la vicealcaldesa, Inma Sanz, de lograr la “conciliación de dos intereses especialmente relevantes en la ciudad, el descanso vecinal y el apoyo a un sector como es la hostelería, tan simbólico, tan significativo y que tanto empleo y riqueza económica genera”.
La nueva ordenanza parte de la estructura de la normativa de 2013 e incorpora los cambios introducidos en 2022, que fueron anulados judicialmente “por motivos formales”, según Vicealcaldía. Además, recoge aportaciones realizadas por la ciudadanía durante la consulta pública previa celebrada en 2024, así como los pronunciamientos de la Comisión de Terrazas.
Desde el equipo de Gobierno municipal han subrayado que no se trata de una simple modificación de la norma anterior. “Se genera una estructura completa respecto a todo el articulado dado que se trata de una ordenanza nueva”, han indicado, remarcando que “no es una modificación, como ocurría en el año 2022”.
Durante el proceso de tramitación se presentaron un total de 106 alegaciones, de las que finalmente se incorporaron siete: tres a propuesta de particulares (relativas a aspectos técnicos de redacción y a la entrada en vigor de la norma) y cuatro planteadas por el sector hostelero, vinculadas al periodo de adaptación y a los flujos de peatones.
En abril de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló “por no ser conforme a derecho” la modificación de la ordenanza de terrazas aprobada en el mandato anterior por el equipo de Gobierno encabezado por José Luis Martínez-Almeida (PP) y Begoña Villacís (Cs), tras el recurso presentado dos años antes por la entonces portavoz socialista en el Ayuntamiento, Mar Espinar.
El PSOE acudió a los tribunales al considerar que existía una “ausencia de justificación de informe sobre el impacto presupuestario y de evaluación estratégica ambiental”. En su sentencia, el TSJM subrayó “la inexistencia o insuficiencia de determinados informes”.
El Ayuntamiento recurrió la decisión en casación ante el Tribunal Supremo, aunque el recurso fue inadmitido, lo que confirmó la anulación y derogación de facto de la ordenanza de 2022.