Hasta hace muy poco tiempo, la renovación del carnet de conducir era un trámite relativamente lento y farragoso que, en ciudades grandes como Madrid, podía ocupar al interesado durante toda una mañana.
Afortunadamente, las cosas han cambiado y, gracias a las nuevas tecnologías, la renovación del carnet de conducir es casi una cosa de niños. Tanto es así, que es posible iniciar el procedimiento de renovación desde este enlace, sin ninguna necesidad de salir de casa.
Otra posibilidad es la de acudir directamente a un CRA (centro de reconocimiento de conductores). Así que, sigue leyendo para conocer cómo se desarrolla el procedimiento de renovación en los CRA, así como otros detalles interesantes acerca del reconocimiento médico y de las posibles causas de denegación de la renovación.
El primer paso es acudir al centro de reconocimiento de conductores elegido. Puedes seleccionarlo desde el enlace que te hemos facilitado en líneas anteriores y realizar el pago online en el momento. Otra opción es que consultes el mapa interactivo de la web oficial de la DGT, en el que figuran los CRA ubicados en Madrid y en el resto de comunidades autónomas.
Es en el CRA de tu elección donde te harán el preceptivo reconocimiento médico y realizarán por ti todos los trámites de renovación ante la DGT. Hasta la fotografía es realizada en el mismo sitio, sin necesidad de que tengas que habértela hecho previamente.
A continuación, efectuarán el reconocimiento médico y psicotécnico. Si no hay objeciones de visión, audición, salud o coordinación psicomotora, te entregarán una autorización provisional para que puedas seguir conduciendo, con una validez de 6 meses a partir de su fecha de expedición.
No tienes que hacer nada más: la DGT enviará el nuevo permiso de conducción a tu domicilio en un plazo máximo de un mes y medio, aunque lo cierto es que suelen tardar bastante menos en enviarlo.
El coste del reconocimiento médico en los CRA no es fijo, y es establecido libremente por cada centro: en Madrid, puede oscilar entre los 30 y los 50 euros. En cualquier caso, tienen la obligación de informarte previamente.
A este respecto, puede que te interese renovar tu carnet a través de la página carnetconducir.es, puesto que en ese portal el precio del reconocimiento ya está prefijado y se reduce a 25 euros.
A ese precio has de añadir, en cualquiera de ambos casos, los 24,10 euros correspondientes a la tasa de renovación de la DGT, que se abonan junto con el coste del reconocimiento médico.
El reconocimiento médico consta de:
El reconocimiento médico tiene una duración aproximada de 30 minutos. Si superas el reconocimiento, te darán en ese mismo momento la autorización provisional para circular.
Si no lo superas, te indicarán los motivos y las posibles soluciones. En tal caso, tendrás que volver a realizar el reconocimiento médico posteriormente.
También puede ocurrir que el resultado del reconocimiento médico sea una aptitud con restricciones, limitando las condiciones de conducción o el tipo de vehículo que puedes conducir.
Existen algunos trastornos de la salud que pueden impedir la renovación del carnet de conducir o, al menos, requerir de un informe médico específico que certifique la aptitud para la conducción. Según la web de la DGT, estos trastornos son:
Siguiendo estas pautas, será más fácil que superes con éxito todas las pruebas:
Debes renovar tu permiso de conducir cada 10 años, hasta el momento en que cumplas los 65 años. A partir de entonces, deberás renovarlo cada 5 años, plazo que se reduce a 3 años si conduces un camión, bus o autocar.
Añadimos que la DGT está estudiando la posibilidad de implantar un sistema de renovación especial para los conductores de edad avanzada.
El carnet de conducir solo se puede renovar a partir de los tres meses anteriores a su fecha de caducidad.
Por contra, no hay un plazo límite para renovarlo. Es decir, siempre podrás renovar tu carnet caducado sin necesidad de examinarte de nuevo.
Pero si no lo renuevas, no estás habilitado legalmente para conducir. Caso de que los agentes te sorprendan conduciendo con un permiso caducado, la sanción económica es de 200 euros.
Además, nuestro consejo es que no dejes que pase el tiempo. La normativa puede cambiar en cualquier momento, por lo que no es descartable que en un futuro se revoque ese plazo indefinido de renovación.
Finalmente, si necesitas realizar otros trámites relacionados con el carnet de conducir o con la DGT, te recomendamos que antes visites el portal web carnetconducir.es. Allí encontrarás toda la información que precisas, tanto para los trámites relativos a los vehículos como para los que afectan a los conductores.