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¿Retraso o cancelación en tu vuelo? Estos son tus derechos

MDO | Lunes 03 de abril de 2023

Si tu vuelo parte con retraso o directamente se cancela, presta atención. Estos son los derechos que los usuarios de aerolíneas tienen cuando se dan este tipo de circunstancias y que, en la mayoría de ocasiones, prácticamente desconocen. Toma nota de ellos y ejerce tu derecho cuando corresponda.



Retrasos en los vuelos: lo que debes saber


Cuando se da un retraso, ya sea en la salida y/o llegada del vuelo respecto a las horas que estaba programado debes saber que como pasajero tienes derecho a recibir información al respecto. La compañía aérea tendrá que entregar un papel en el que se recoja la información relativa a los derechos que asisten a los pasajeros. Si no la solicitan, puedes pedirla.


Durante dicho tiempo, la aerolínea tendrá que prestar la atención necesaria a los pasajeros. Esto se traduce en proporcionar sin coste comida y bebida suficiente, poner a disposición de los pasajeros que puedan hacer dos llamadas telefónicas o tener acceso al correo electrónico. En los casos que sea necesario pernoctar poner a disposición la noche de hotel y facilitarles el desplazamiento entre el aeropuerto y el alojamiento.


Cuando la compañía no proporcione estos servicios de atención de manera gratuita, habrá que guardar todas las facturas por estos conceptos para, posteriormente, hacer la pertinente reclamación. Por ejemplo, a través de Iberia Express reclamaciones.


Este derecho de atención se aplicará en los siguientes supuestos. Cuando la distancia del vuelo sea de hasta 1.500 kilómetros y el retraso sea mayor de dos horas. En el caso de cualquier vuelo intra-comunitario de mas de 1.500 km, así como los vuelos de entre 1.500 km y 3.500 km se aplicará en retrasos de más de tres horas. Para los vuelos de más de 3.500 kilómetros el retraso tendrá que ser de al menos 4 horas.


Cuando el retraso supere las cinco horas, el pasajero podrá decidir no viajar, y tendrá derecho al reembolso del billete en los siguientes siete días. Puedes aquí encontrar más información útil de valor sobre la compensacion por retraso de vuelo.


Cancelación del vuelo: lo que debes saber


Cuando se produce la cancelación de un vuelo, el usuario también tiene una serie de derechos de los pasajeros que, a continuación, detallamos. El primero, una vez más, es el derecho a recibir información. La compañía tendrá que entregarles un documento con toda la información relevante al respecto y, en caso de no hacerlo, el usuario debe solicitarlo.


Como ocurre cuando se da un retraso, si el vuelo se cancela prácticamente antes de partir, la aerolínea tendrá que dar asistencia a los pasajeros. Esto se traduce en proporcionar comida y bebida suficiente, dar a los usuarios la posibilidad de hacer dos llamadas o tener acceso a su email, correr con los gastos de alojamiento en un hotel si es necesario y hacerse cargo también del modo de transporte entre el aeropuerto y el hotel. En caso de que no lo haga, se deben guardar los recibos de los gastos para luego reclamarlos a la aerolínea.


Los pasajeros tendrán también derecho de reembolso o de optar por una vía alternativa para viajar. En este sentido, tendrán derecho al reembolso del coste del billete en los siguientes 7 días. Podrán también optar por un método alternativo de viaje para llegar a su destino del modo más rápido o hacer lo propio en una fecha posterior que elija el pasajero. Si la aerolínea no cumple en este sentido, el pasajero podrá comprar por su cuenta otro billete y posteriormente, con la factura, reclamar el importe a la compañía.


Cuando se produce una cancelación, el pasajero tiene derecho de compensación, en concreto, podrán recibir una cuantía que oscila entre los 250 euros y los 600, en función de la distancia del vuelo. No obstante, esta compensación se podrá reducir a la mitad si la aerolínea ofrece una alternativa de transporte y cumple con la hora de llegada al destino, algo regulado en el Reglamento (CE) n° 261


Cancelación del vuelo sin compensación


Siempre que la aerolínea informe de la cancelación del vuelo con 14 días de antelación no habrá derecho a compensación, Tampoco lo habrá si se ha informado de la cancelación entre dos semanas y 7 días antes, al tiempo que se ha ofrecido una alternativa de transporte que parta con no más de 2 horas de antelación y llegue como máximo con 4 horas de retraso. Tampoco habrá compensación siempre que la aerolínea pueda demostrar que la cancelación fue fruto de circunstancias extraordinarias.