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Desempleo en España: ¿Cómo capitalizar el paro?

MDO | Sábado 30 de abril de 2022

Actualmente, existe una herramienta que el Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de las personas que reciben la prestación por desempleo o paro para cobrar la cantidad de una sola vez.



Con la asesoría de un abogado laboralista y la información básica que te damos a continuación, te ayudaremos a entender en qué consiste esta figura y si puedes hacer uso de ella.

Concepto y características de la capitalización del paro

Capitalizar el paro es convertir la totalidad de la prestación en capital. El fin es posibilitar a los desempleados que se conviertan en trabajadores independientes, haciendo que se conviertan en autónomos o socios de empresas de nueva creación, destinando el dinero a tal meta. La capitalización del paro presenta así las siguientes características:

  • Es un pago único.
  • Su objetivo es la inversión en una actividad exclusivamente profesional y que debe justificarse.
  • Su naturaleza es la de fomento del empleo y el emprendimiento:
  • Para crear nuevas empresas.
  • Para establecerse como autónomo.
  • Para integrarse en cooperativas o sociedades ya constituidas que son parte activa o comprando acciones.

En este ejemplo de capitalización lo vemos muy claro: un sujeto A, que se ha quedado en paro, observa que, ante dos años de desempleo en el que no aprecia ninguna perspectiva de encontrar un puesto de trabajo y su situación no se alienta con el cobro de una pensión mensual, prefiere optar por el autoempleo y solicita la cuantía total que le corresponde para iniciar una tarea por cuenta propia. Dicha cuantía se cobra inmediatamente una vez aprobada su solicitud y empezará a disfrutar de las ventajas que esta herramienta le ofrece.

Requisitos para la capitalización del paro

El solicitante debe cumplir, de manera general, con los siguientes requisitos:

  • Justificar la finalidad de la inversión
  • Inscribirse en un plazo máximo de un mes en los regímenes correspondientes.
  • No estar sujeto a ERE de suspensión o reducción de jornada.
  • Tener pendiente de recibir, a fecha de la solicitud, al menos seis mensualidades.
  • No haber sido beneficiario del pago único en los cuatro años anteriores.
  • De ser aceptada la solicitud, comenzar la actividad en el plazo máximo de un mes desde que se conceda.

Cuantía de la capitalización del paro

La cuantía corresponderá al coste total que se iría percibiendo por mensualidades. De dicha cantidad se deducirá el importe que corresponda al interés legal, dinero (el vigente en el momento de la solicitud) y podrá pedirse en un solo pago o varios, a voluntad del solicitante. Por ejemplo, en el caso de querer establecerse como trabajador autónomo, puede solicitarse:

  • Un único pago en concepto de inversión para iniciar su actividad.
  • Un único pago en concepto de subvención de cuotas para el pago de las mensualidades a la Seguridad Social.
  • Una combinación de los dos anteriores, destinando a la inversión inicial y usando, en su caso, el remanente para sufragar cuotas de la Seguridad Social.

Se puede destinar, en todo caso, el 15% de la cuantía de la prestación a servicios jurídicos relacionados con las áreas del derecho laboral de abogados laboralistas, en relación con el asesoramiento de la actividad que se vaya a emprender.

Cuándo y dónde se presenta

La solicitud de pago único por capitalización del paro se podrá efectuar tanto en el momento de tramitar la prestación por desempleo como en momento posterior, a través de la página online del SEPE, mediante la obtención de cita previa, de forma presencial o en cualquier oficina de Registro Público o correo postal.