Actualmente, existe una herramienta que el Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de las personas que reciben la prestación por desempleo o paro para cobrar la cantidad de una sola vez.
Con la asesoría de un abogado laboralista y la información básica que te damos a continuación, te ayudaremos a entender en qué consiste esta figura y si puedes hacer uso de ella.
Capitalizar el paro es convertir la totalidad de la prestación en capital. El fin es posibilitar a los desempleados que se conviertan en trabajadores independientes, haciendo que se conviertan en autónomos o socios de empresas de nueva creación, destinando el dinero a tal meta. La capitalización del paro presenta así las siguientes características:
En este ejemplo de capitalización lo vemos muy claro: un sujeto A, que se ha quedado en paro, observa que, ante dos años de desempleo en el que no aprecia ninguna perspectiva de encontrar un puesto de trabajo y su situación no se alienta con el cobro de una pensión mensual, prefiere optar por el autoempleo y solicita la cuantía total que le corresponde para iniciar una tarea por cuenta propia. Dicha cuantía se cobra inmediatamente una vez aprobada su solicitud y empezará a disfrutar de las ventajas que esta herramienta le ofrece.
El solicitante debe cumplir, de manera general, con los siguientes requisitos:
La cuantía corresponderá al coste total que se iría percibiendo por mensualidades. De dicha cantidad se deducirá el importe que corresponda al interés legal, dinero (el vigente en el momento de la solicitud) y podrá pedirse en un solo pago o varios, a voluntad del solicitante. Por ejemplo, en el caso de querer establecerse como trabajador autónomo, puede solicitarse:
Se puede destinar, en todo caso, el 15% de la cuantía de la prestación a servicios jurídicos relacionados con las áreas del derecho laboral de abogados laboralistas, en relación con el asesoramiento de la actividad que se vaya a emprender.
La solicitud de pago único por capitalización del paro se podrá efectuar tanto en el momento de tramitar la prestación por desempleo como en momento posterior, a través de la página online del SEPE, mediante la obtención de cita previa, de forma presencial o en cualquier oficina de Registro Público o correo postal.