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¿Quién se queda con la mascota si se da una separación?

MDO | Miércoles 23 de febrero de 2022

A la hora de iniciar un proceso de divorcio, son muchas las cosas que los cónyuges pueden tener en común y que, en estos casos, hay que dividir. Más allá de los propios hijos, de objetos o de bienes patrimoniales, en la actualidad, ya existe una normativa que regula esta situación si se tienen mascotas en casa.



Cada vez es más frecuente oír el concepto de custodia de mascotas, ya que son muchos los hogares que cuentan con una de ellas y que, en principio, es propiedad de ambos cónyuges. Al igual que ocurre con los hijos o con otros bienes, en la actualidad, las mascotas adquieren un gran protagonismo dentro de la separación, porque no son pocas las veces en las que este tema puede generar controversia.

En este sentido, tal y como han explicado desde De Miguel y Urbano Abogados, hoy en día los cónyuges pueden compartir la custodia de las mascotas. Estos abogados en Madrid han aconsejado sobre qué hacer en el caso de encontrarse en esta situación, teniendo en cuenta que este tipo de custodias no están reguladas por el Derecho de Familia. Si bien, la problemática que está generando todo esto ha hecho que el gobierno se haya planteado una Proposición de Ley, llevada al Congreso.

¿Qué se sabe de todo esto?

En la nueva normativa se establece que los animales pasan a ser un miembro de la familia más, siempre con base en efectos de ley. En este sentido, hay que decir que, con las recientes modificaciones en relación con este tema, las mascotas ya no serán cosas y han pasado a ser seres que tienen sensibilidad.

Precisamente por este motivo, en el caso de que dos personas quieran iniciar un proceso de divorcio y tienen animales en casa, estos podrán contar con custodia compartida.

Así, en el momento que se inicie todo esto, ambas partes deben especificar detalladamente quién va a quedarse con el animal, siempre dentro del convenio regulador establecido. Será en este mismo documento donde se añadan los periodos de tiempo que tocará a cada una de las partes, así como incluir si habrá régimen de visitas o quién hará frente a los gastos del animal.

En términos generales, será una situación similar a la que ocurre con los hijos, no obstante, en estos casos se insta a que todo se haga de mutuo acuerdo, ya que si no es así, será el juez el que tome la decisión final y éste siempre deberá establecer lo acordado con base en la protección del animal.

Hasta hace muy poco, el propietario de la mascota era considerada la persona que figuraba en el registro y, por tanto, era ella la que se llevaba el 100% de la custodia, ahora, esto no es así, si bien, para que todo esto esté en perfectas condiciones es esencial llegar a un acuerdo.

Hay que decir que esto es una primera toma de contacto en cuanto a normativa se refiere, no obstante, los expertos aseguran que, a medida que vaya pasando el tiempo, habrá muchos puntos que se perfilarán.

¿Qué se tiene en cuenta para la custodia de mascotas?

Con base en todo lo mencionado anteriormente, hay que decir que, hoy en día, se tienen en cuenta ciertos criterios para valorar la custodia del animal. De esta forma, una de las primeras cosas a las que hay que atender es definir bien quién es el que cuida realmente a la mascota en el día a día.

También es importante conocer cuál de las dos partes cuenta con una vivienda bien equipada y habilitada para poder garantizar el bienestar del animal.

Por otro lado, la disponibilidad de los cónyuges es otro aspecto a tener en cuenta, ya que los animales necesitan de cuidados y para ello, hay que tener tiempo. Por supuesto, otro factor es la economía, puesto que habrá que tener en cuenta que las mascotas presentan gastos que hay que suplir.

Por último, en el caso de tener hijos, se suele relacionar la custodia de las mascotas bastante con ellos, debido a la complicidad y relación que pueden llegar a tener, de ahí que se tenga en cuenta también quién se ha quedado con la custodia de los vástagos en el proceso de separación.