Trabajadores de Línea Madrid y la Agencia Tributaria se manifiestan para exigir las 35 horas de jornada semanal. (Archivo)
(Foto: Enrique Villalba).
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratifica la suspensión cautelar de la jornada de 35 horas semanas de los empleados públicos municipales que se dictó en febrero, al rechazar los recursos del Ayuntamiento y los sindicatos.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha
desestimado los recursos del Ayuntamiento de Madrid y de sindicatos contra la
suspensión cautelar de la jornada de 35 horas semanas de los empleados públicos municipales.
Concretamente, el recurso fue interpuesto por la Federación de Servicios Públicos de UGT, la Central Independiente de Sindicatos, la Federación Coalición Independiente de Trabajadores-Unión de la Policía Municipal y el letrado del Consistorio contra la orden judicial de medidas cautelares, no definitivas,
dictadas el 1 de febrero tras ser denunciada la situación por la Delegación del Gobierno en Madrid.
El tribunal entiende, según el auto, que los trabajadores municipales "en nada" se ven afectados por la suspensión acordada, "puesto que van a seguir ostentando los mismos derechos laborales y horario de trabajo que venían teniendo reconocidos hasta el dictado de los actos administrativos suspendidos, por lo cual
la citada suspensión no restringe ni vulnera derecho adquirido".
Frente al argumento municipal de que la suspensión afecta a los derechos de los trabajadores, los jueces indican que se alzan los "intereses generales" que en este caso "vienen materializados por el
derecho de los ciudadanos madrileños a ver resueltos los asuntos de toda índole que penden ante el Consistorio, de acuerdo con los principios de celeridad y eficacia, que constituyen asimismo imperativo constitucional, habida cuenta de la amplitud de funciones y de que se trata del órgano rector de la capital del Estado, sobre el que pesa una ingente cantidad de funciones que no pesan sobre otros ayuntamientos".
Por todo ello, la Sala judicial acuerda desestimar todos los recursos de reposición e imponer las costas procesales a todas las partes en una cuantía máxima de 300 euros. El auto
es susceptible de recurso de casación, que deberá presentarse en un plazo de 30 días.