Hoy comienza el plazo de presentación de solicitudes de admisión en los colegios públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid. Desde esta fecha, y hasta el día 15 de abril, los padres tendrán que adoptar una de las más importantes decisiones que deban afrontar a lo largo de su vida: escoger el centro educativo en el que se escolarizarán sus hijos.
Digo bien: son los padres, y no los poderes públicos, los únicos responsables de esa decisión. La Constitución y la legislación lo determinan así. La libertad de enseñanza, el derecho a la creación de centros educativos y la responsabilidad de la familia en la formación moral y religiosa de los hijos, son principios constitucionales que permiten no tener dudas sobre este particular. Los padres, pues, deberán elegir centro educativo para sus hijos, y lo tendrán que hacer una vez hayan valorado las distintas características de cada colegio, pero muy especialmente una de ellas: el carácter propio y el proyecto educativo. Y los poderes públicos tendrán que hacer lo posible, y me atrevería a decir que lo imposible, para que esa decisión pueda llevarse a efecto en la mejor y mayor medida.
Pero aun así, todavía se puede mejorar. Como decía antes, debemos ser exigentes en el ejercicio de los derechos de las familias y en el cumplimiento de la legislación vigente. Cuestiones como la compatibilidad y equilibrio entre el deber de reserva de plazas y el derecho de elección de las mismas por los alumnos; el papel subsidiario de los servicios de apoyo a la escolarización, que nunca pueden suplantar a familias y a centros; o la ampliación de la puntuación otorgada a los supuestos con los que se destaca la opción de la familia por determinado centro o proyecto educativo, son aspectos que, sin duda, darían mayor extensión al ejercicio de este derecho.