Rey Juan Carlos
MDO/E.P. | Viernes 15 de mayo de 2015
El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo que fue presentado por el catalán Alberto Solá por la decisión del Supremo de desestimar la demanda de paternidad que presentó el Rey Juan Carlos, al entender que no ha agotado todos los medios de impugnación en la vía judicial y dada la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo".
Así consta en una providencia, que recoge la decisión de la Sección Tercera de la Sala Segunda de
inadmitir a trámite el recurso de amparo "toda vez que el recurrente no ha agotado debidamente los medios de impugnación dentro de la vía judicial", precisando que no ha interpuesto el incidente de nulidad de actuaciones previsto en el artículo 241.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
"Y dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo, violación que, de acuerdo con el artículo 44.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, es condición para que este tribunal pueda ejercer dicha tutela", explica la providencia, fechada el pasado 5 de mayo.
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