En el recurso, la FRAVM alega que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) de 1997 incluye la Finca de Torre Arias en el Catálogo de Parques y Jardines de Interés con Nivel 1 de Protección, que según el Artículo 4.6.3 de las Normas Urbanísticas, se hace extensivo a todas sus "construcciones auxiliares y elementos complementarios", "paseos y escaleras, pavimentadas o no, estatuas, fuentes e invernaderos".
El TSJM ha considerado que el grado de protección que cabe atribuir a la finca es el de un jardín de interés y, como tal, "con todos sus elementos que gozan de una catalogación de protección cuya pérdida debe estar especialmente motivada". El derribo de las edificaciones supondría "un quebranto patrimonial imposible de restaurar", por lo que "el perjuicio del interés general sería irreparable", se asegura el auto.
La sala primera de lo Contencioso Administrativo condena en costas al Ayuntamiento en una cuantía de 300 euros y le da un plazo de cinco días para presentar recurso de reposición contra el auto. El Ayuntamiento aprobó en julio el plan especial para la finca, que prevía la demolición de algunos espacios para facilitar el uso educativo que se le pretendía dar con la instalación de la Universidad de Navarra, que finalmente anunció que renunciaba a desarrollar el proyecto.
Más información:
Los vecinos aprovechan las visitas guiadas a la Finca de Torre Arias para reclamar su uso público
Galería de imágenes: Así es la Finca de Torre Arias
El Ayuntamiento aprueba el plan para Torre Arias, con la oposición vecinal
Lissavetzky critica la cesión de la finca de Torre Arias a un privado
IU llevará ante la Fiscalía el plan para la finca de Torre Arias
Los vecinos de San Blas se oponen la demolición de edificios en la finca Torre Arias