"No habiendo justificado la realización de los cursos, se ha acreditado que no destinaron el dinero" a formación, han precisado desde la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. Ahora se abre un periodo de instrucción en el que las asociaciones pueden presentar alegaciones, pero al tratarse de una infracción grave de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003) las penas se enfrentan a una multa que puede alcanzar el triple de la cantidad indebidamente o no justificada.
Además, se enfrentan a la imposibilidad de obtener ayudas, subvenciones, avales y celebrar contratos con la Comunidad de Madrid en un plazo de hasta cinco años. Entre las infracciones que se han detectado se encuentra la justificación de información y alumnos falsos.
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