La futura Ley, que será la primera en este terreno en España, establece entre otras medidas infracciones por mala gestión, y sanciones de hasta tres millones de euros en caso de que las interrupciones de suministro sean prolongadas. Las eléctricas deberán reponer el servicio en un tiempo inferior a 4 horas al 70% del mercado afectado, y al 100% en menos de 8 horas.
Desde que se produjo la liberalización del Sector Eléctrico en 1997, las compañías eléctricas pasaron a ser las responsables del correcto suministro de energía. Para Ignacio González "los incidentes ocurridos en la Comunidad de Madrid el pasado verano, y la escasa capacidad de reacción demostrada por las eléctricas han demostrado que la legislación estatal presenta algunas lagunas que no permiten garantizar la calidad de suministro que requiere una región como la madrileña".
"La Ley persigue dos objetivos", ha dicho el vicepresidente primero, "que las compañías se conciencien de las necesidades de consumo y las previsiones de crecimiento y que garanticen la reposición del servicio a la mayor brevedad cuando se produce un apagón". Ignacio González ha señalado que el anteproyecto de Ley deberá ser dicutido a partir de ahora con las propias compañías eléctricas.
La Ley establece que las empresas distribuidoras presenten todos los años un Programa Anual de medios e inversiones en el que se describan las actuaciones que vayan a acometer en el conjunto de la red de distribución de energía eléctrica existente en la Comunidad de Madrid, haciendo especial referencia a las medidas adoptadas para garantizar el suministro eléctrico en caso de que se produzcan incidencias de importancia en la misma.