En su opinión, algunas de las medidas urgentes en materia de urbanismo pueden entenderse como favorables y paliativas de ciertas demandas de las asociaciones vecinales, pero señalan que "el procedimiento para adoptarlas es severamente condenable y falla desde la raíz en lo que resulta más esencial en urbanismo y ordenación del territorio: la participación ciudadana".
En este sentido, la FRAVM apunta que la limitación del máximo de alturas sin referirse simultáneamente a la intensidad del uso, al número de viviendas por hectárea o de oficinas, al coeficiente de edificabilidad, al porcentaje de ocupación del suelo, a la ordenación urbanística del ámbito parece una "frivolidad". "Máxime cuando ni se tocan edificabilidades e intensidades de uso ya obtenidas y ya aprobadas por el planeamiento general, parcial o especial en operaciones de las que es partícipe el Gobierno regional como, pongamos por caso, la operación Chamartín donde los rascacielos serán la tónica", señala la nota.
"La medida, además, no sólo no contribuye a un urbanismo más humano, sino que es una medida contraria al objetivo de hacer un urbanismo sostenible", apuntó la FRAVM. "La agricultura con campos de golf o los campos de golf en suelos agrícolas del artículo 14 se complementa con la merma de atribuciones y autoridad a los agentes forestales del artículo 9". Además, la federación se solidariza y apoya la justa lucha de los agentes forestales y de sus sindicatos contra la medida.