Según ha informado este miércoles la Asociación El Defensor del Paciente (ADEPA), en diciembre de 2001, el paciente J.J.L.C., con antecedentes médicos por hipertensión arterial y enfermedad pulmonar obstructiva (EPOC) tipo bronquitis, entre otros, fue operado en el Hospital 12 de Octubre por un cuadro de angina inestable.
Tras la intervención, el enfermo fue trasladado a la UVI "en buenas condiciones hemodinámicas". Sin embargo, pasados unos días, J.J.L.C. presentó unas heridas infectadas cercanas a la zona en la que se le había operado, por lo que fue sometido a una serie de pruebas que determinaron que la lesión tenía la bacteria 'Stafilococo Aureus'. Esta situación provocó que el enfermo fuera intervenido en tres ocasiones más, la última el 8 de enero de 2002. Seis días después, J.J.L.C. falleció por fallo multiorgánico.
ADEPA ha subrayado en un comunicado que en este caso existía un consentimiento informado firmado por el paciente en el que se recogía que había un 9 por ciento de posibilidades de que sufriera una infección con riesgo de muerte hospitalaria. No obstante, el TSJM señala que, teniendo en cuenta la historia clínica del paciente, "faltó una profilaxis antibiótica con anterioridad a la primera intervención", concluyendo que no se adoptaron las medidas de precaución necesarias para evitar complicaciones.
"La asistencia sanitaria prestada no puede considerarse la adecuada a las circunstancias del caso, causándose un daño que los perjudicados no tienen el deber jurídico de soportar", destaca la sentencia.