Viernes 24 de mayo de 2013
La sección 6 de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado nulas las reducciones de jornada aplicadas por Eulen a parte de los trabajadores que realizan la limpieza de los institutos de Madrid, según la sentencia.
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Declaramos nulas todas las reducciones de jornada habidas a raíz de la nueva adjudicación de la contra de limpieza por Eulen, por lo que condenamos a esta empresa a estar y pasar por tal declaración y a reponer al personal afectado por las mismas en la jornada laboral que realizaban antes de haber procedido a la reducción", explica.
En todo caso, la sala no condena, tal y como pedía la acusación (UGT y CCOO), al pago de los salarios durante el tiempo desde que se puso en marcha la decisión, algo que el TSJM circunscribe a "ser precisado en demanda para cada una de las personas afectadas por la medida".
El principal argumento de los jueces para tumbar la decisión es que tal medida suponía una "modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo", cuando se produjo una "exclusión de todo procedimiento de negociación colectiva sobre modificación de condiciones".