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Madrid elimina sorteos de vivienda

Enrique Villalba | Martes 14 de agosto de 2012
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el nuevo reglamento de adjudicación de viviendas de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo. Entre otras modificaciones, elimina las convocatorias periódicas de oferta de vivienda y ofrece un sistema de gestión continua.

El nuevo documento sustituye al aprobado en 2008. El nuevo procedimiento que plantea la EMVS pone todas las viviendas de la compañía a disposición de los solicitantes, con independencia de la finalización de la promoción y el momento de inscripción del solicitante. Se suprimen así trámites administrativos, ya que la EMVS podrá adjudicar vivienda  en cuanto tenga disponibilidad, sin que el solicitante deba esperar la convocatoria de ofertas. Los programas de arrendamiento general y arrendamiento con opción a compra y venta se desarrollarán mediante un baremo combinado. Por su parte, los programas de arrendamiento para jóvenes y con opción a compra para jóvenes seguirán siendo por sorteo.

Los requisitos de arrendamiento de vivienda para jóvenes se establecen entre el 0,5 y el 1,5 del Iprem, y una edad máxima de 30 años. Para el arrendamiento general, este nivel se fija entre 0,75 del Iprem y el máximo previsto según la tipología. Las viviendas con opción a compra para jóvenes, los ingresos deberán ser de entre 1 y 5,5 veces el Iprem, y tener menos de 35 años en el momento de la selección. Para opción de compra general, los ingresos habrán de estar entre 1 vez  el Iprem y el máximo previsto según la tipología.

En el caso de las viviendas en venta, los ingresos serán los siguientes: para VPPB, entre 1,5 y 5,5 veces el Iprem; para VPPL, entre 2,5 y el límite máximo del Iprem (6,5 estatal y 7,5 autonómico); y para VPPRE, entre 0,5 y 2,5 veces el Iprem. Se añaden dos nuevas circunstancias puntuables: ser arrendatario de una vivienda de la EMVS, estar en el tercer año contractual y acreditar una solvencia de 9.000 euros.

Otra de las novedades del texto es la supresión de la penalización por renuncia del adjudicatario cuando concurran circunstancias socioeconómicas objetivas como desempleo o negativa de la subrogación de la hipoteca por la entidad financiera.

A consultas de Madridiario, el vicealcalde de la capital, Miguel Ángel Villanueva, avanzó que no está previsto que se subasten promociones de la EMVS para financiar las nuevas estrategias de vivienda de la compañía.