MDO/Efe | Lunes 06 de agosto de 2012
La Comunidad de Madrid completará el sueldo de los funcionarios y del personal laboral en el caso de incapacidad temporal con los mismos porcentajes de aportación que los establecidos por el Gobierno central.
Esta medida ha sido publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Según establece, los casos de incapacidad temporaltendrán a partir del 1 de septiembre un complemento retributivo de la Comunidad del 50 por ciento en los tres primeros días de baja -antes era del 100 por ciento-, que se añadirá a la aportación de la Seguridad Social, y de un 75 por ciento del sueldo entre el cuarto y el vigésimo día -antes, del 60 por ciento-.
La Comunidad completará la aportación de la Seguridad Social hasta el 100 por ciento del salario a partir del vigésimo primer día de baja, cuando anteriormente en este caso el complemento establecido era del 75 por ciento.
Estos porcentajes son iguales a los establecidos por el Gobierno central en la disposición adicional decimoctava del Real Decreto-Ley, que marca además que las situaciones de incapacidad temporal que tengan como causa una contingencia profesional serán cubiertas con un complemento del 100 por ciento de las retribuciones totales percibidas en el mes anterior a la situación de incapacidad.
La Comunidad explicita en el acuerdo, firmado el pasado 2 de agosto, que esta modificación que afecta a los trabajadores públicos del régimen general de la Seguridad Social se realiza "a fin de no generar diferencias en esta materia entre los empleados públicos en función de su vínculo jurídico y evitar agrarios comparativos".